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Una jubilada denuncia a su hija por sacar dinero de la cuenta conjunta que tenía con su marido el día que murió: debería formar parte de la herencia

La justicia considera que no hay apropiación indebida y que el conflicto debería resolverse por la vía civil al tratarse de una disputa por el reparto de la herencia.


Una mujer mayor contando dinero
Una mujer mayor contando dinero |Envato
Lucía Rodríguez Ayala
Fecha de actualización:

Una mujer ha sido absuelta por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana de un delito de apropiación indebida relacionado con la retirada de dinero de la cuenta compartida por sus padres fallecidos. Su madre la denunció por sacar 4.000 euros de la cuenta el día en que murió su padre, y aunque la madre falleció durante el proceso judicial, su hermano continuó con la denuncia, ya que consideraba que ella se había enriquecido de forma ilegítima y ese dinero formaba parte de la herencia. 

Según la sentencia de febrero de 2025, la disputa entre madre e hija surgió después de que esta última sacase los 4.000 euros de la cuenta cuando, tanto la progenitora como el hermano, la acusaron no solo de sacar esa cantidad, sino de haber estado sustrayendo cantidades mayores durante años, concretamente 94.000 euros. 

Por este motivo, la madre cambió su testamento para reducir la parte de la herencia de la hija y presentó una querella por apropiación indebida. Durante el procedimiento la madre falleció y fue el hijo (hermano de la acusada) quien prosiguió con la acción penal en calidad de acusación particular.

Qué pasó en el juzgado de primera instancia

Tras la fase de instrucción en el Juzgado de Instrucción nº 1 de Quart de Poblet, el caso fue elevado a la Audiencia Provincial de Valencia, que absolvió a la hija del delito de apropiación indebida cualificada. Pese a ello, la condenó la apropiación indebida de los 4.000 euros que sacó de la cuenta el día que falleció su padre con un año de prisión y la indemnización de dicho dinero a las herencias yacentes de sus padres. 

No conforme con dicha sentencia, interpuso un recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) alegando que se había vulnerado el principio de presunción de inocencia. Según sus declaraciones, había falta de dolo en sus acciones, ya que explicó que nunca tuvo intención de apropiarse del dinero, y siempre actuó conforme a las instrucciones de su padre. 

En su resolución, la Audiencia considera que no había pruebas que demostrasen que había ánimo de lucro en las retiradas del dinero, y que los únicos testigos eran su hermano con el que no tenía una buena relación, y su madre, que padecía Alzheimer avanzado desde antes de su declaración judicial. 

Por todo ello, es absuelta de los delitos de apropiación indebida, ya que el tribunal considera que se trata más de una disputa por el reparto de la herencia que debe tratarse por la vía civil y no penal. No obstante, la sentencia no es firme y cabe interponer contra él un recurso de casación. 

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