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Un hombre que cobraba el Ingreso Mínimo Vital y la Renta de Garantía de Ingresos tendrá que devolver 3.250 euros por alquilar habitaciones de su vivienda y no declararlo

La sentencia rechaza descontar gastos como teléfono e internet y avala que las ayudas sociales puedan revisarse años después cuando haya sospechas de ingresos no declarados.

Hombre sentado en el sofá de su casa
Un hombre que cobraba el Ingreso Mínimo Vital y la Renta de Garantía de Ingresos tendrá que devolver 3.250 euros por alquilar habitaciones de su vivienda y no declararlo |Envato
Berta F. Quintanilla
Fecha de actualización:
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El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha dado la razón a Lanbide y ha confirmado la devolución de 3.250 euros por parte de un beneficiario del Ingreso Mínimo Vital (IMV) que no declaró correctamente los ingresos obtenidos por el alquiler de habitaciones de su vivienda. 

La sentencia rechaza el recurso que presentó el afectado y confirma la decisión del organismo vasco de empleo de revisar las ayudas cobradas entre enero de 2023 y enero de 2024 tras detectar ingresos no comunicados derivados de alquileres parciales de vivienda. 

El hombre estaba cobrando la Renta de Garantía de Ingresos (RGI) desde 2019 y el IMV desde 2022. Pero en marzo de 2024 recibió una resolución de Lanbide que reducía la cuantía de la prestación y reclamaba las cantidades que había cobrado de modo indebido.

Los ingresos del alquiler de habitaciones cambiaban el cálculo de la ayuda

El beneficiario, según denunció Lanbide, estaba ingresando dinero por el subarriendo de habitaciones de su casa. Estos ingresos extra afectaban al cálculo de la ayuda. Durante 2023, el beneficiario cobró 565,7 euros al mes de IMV cuando teniendo en cuenta estos ingresos adicionales debería haber cobrado únicamente 315,37 euros al mes. 

En enero de 2024 cobró 604,21 euros cuando la cantidad que debería haber recibido según la administración, era de 354,21 euros. La diferencia acumulada es lo que llevó a reclamar un total de 3.250 euros por cobros indebidos. 

Alegó que sus ingresos no eran tan altos

El afectado recurrió alegando que Lanbide había calculado mal los ingresos obtenidos por el subarriendo y que no tuvo en cuenta gastos asociados como internet, teléfono o pensiones de alimentos.

Según defendió, los ingresos netos reales eran mucho más bajos y su situación económica seguía siendo vulnerable. También sostuvo que la administración no podía revisar con efectos retroactivos prestaciones ya concedidas y alegó que actuó de buena fe.

Además, invocó una sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos que limita la devolución de ayudas sociales cuando el error es atribuible a la propia Administración.

La Justicia rechaza la buena fe porque encuentra “omisiones”

El TSJ vasco ha rechazado todos estos argumentos y concluye que Lanbide actuó correctamente al revisar la prestación. La sentencia recuerda que la Ley del Ingreso Mínimo Vital permite a la administración reclamar ayudas cobradas de modo indebido cuando encuentra omisiones o inexactitudes en la información que aporta el beneficiario.

Los magistrados consideran acreditado que existieron ingresos derivados del subarriendo y reprochan al beneficiario no haberlos comunicado adecuadamente. El tribunal llega incluso a hablar de una actuación “maliciosa o fraudulenta” o, al menos, de “desidia” por parte del perceptor de la ayuda.

La resolución también rechaza descontar gastos como teléfono o internet porque entiende que son servicios de uso general del demandante y no gastos directamente vinculados al subarriendo.

Tendrá que pagar 3.250 euros de cobros indebidos

El TSJPV termina desestimando el recurso y confirma íntegramente la sentencia previa del Juzgado de lo Social número 3 de Vitoria, que ya había dado la razón a Lanbide.

La resolución refuerza el criterio de que los beneficiarios del IMV deben comunicar cualquier ingreso adicional que pueda afectar al cálculo de la prestación, incluso aunque proceda de alquileres parciales o subarriendos temporales.