
Las pensiones de incapacidad permanente total para la profesión habitual suben un 2,8% de media para este 2025. Las pensiones mínimas suben un 6% a excepción de las mínimas con cargar familiares que suben un 9,1%. En cuanto a la pensión máxima, esta se sitúa este año en los 3.267,60 euros mensuales, ya sea con una pensión de incapacidad o cobrando dos pensiones a la vez. Esta subida llega después de que el congreso tumbará el Real Decreto-Ley 9/2024 y posteriormente volviera a aprobar un nuevo decreto, que esta vez sí espera que salga adelante.
La incapacidad permanente total es el grado de incapacidad que inhabilita a una persona para su profesión habitual, pero le permite dedicarse a otra totalmente diferente, siempre y cuando sea compatible con sus limitaciones. Esta se diferencia de la incapacidad absoluta o gran invalidez en que además que estas limitan para cualquier profesión u oficio ademas cuantía es menor. En la total para profesión habitual se cobra el 55% o 75% de la base reguladora cuando es mayor de 55 años y no se tiene empleo, mientras que en las otras dos se cobra el 100% de dicha base.
En este sentido, si aplicamos la subida de las pensiones conforme a los últimos datos publicados por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, la la pensión media de incapacidad permanente (que engloba todos los regímenes de la Seguridad Social) aumentará desde los 1.165,60 euros mensuales actuales a 1.198,23 euros mensuales, lo que supone un incremento de 32,63 euros al mes.
Para el Régimen General, que son los asalariados o trabajadores por cuenta ajena, la pensión media para la incapacidad permanente total no cualificada será de 831,97 euros, mientras que para la cualificada será de 1.177,35 euros al mes. En el caso de los trabajadores autónomos serán lo que menos noten la subida, ya que la pensión media se situará en 775,20 euros, la no cualificada en 664,39 euros y la cualificada en 903,07 euros. Es decir, que a pesar de la subida cobrarán un 32% menos que el actual salario mínimo interprofesional.
En cambio, quien más notará la subida son los trabajadores de la minería y el carbon, donde la pensión media se situará en 1.646,99 euros, la no cualificada en 1.385,95 euros y la cualificada alcanzará los 1.845,20 euros. Para ver como será esta subida, en la siguiente tabla se puede consultar estos datos.
Categoría | I.P Total (P. media €/mes) | I.P. Total no cualificada (P. media €/mes) | I.P. Total cualificada (P. media €/mes) |
---|---|---|---|
Total sistema | 995,43 € | 831,97 € | 1.177,35 € |
General | 979,92 € | 804,04 € | 1.159,37 € |
Trabajadores autónomos | 775,20 € | 664,39 € | 903,07 € |
Trabajadores del mar | 1.059,75 € | 889,20 € | 1.199,18 € |
Minería del carbón | 1.646,99 € | 1.385,95 € | 1.845,20 € |
Accidentes de trabajo | 1.251,57 € | 1.066,56 € | 1.578,42 € |
Enfermedades profesionales | 1.240,82 € | 1.005,11 € | 1.638,46 € |
Pensión mínima de incapacidad permanente total en 2025
Como hemos dicho, la pensiones mínimas con cargas familiares se revalorizarán un 9,1%, mientras que el resto crecerán un 6%. De esta forma a partir de este mes, la pensión mínima de incapacidad permanente para los titulares con 65 años y cónyuge a cargo será de 15.786,40 euros, mientras que para quienes no tienen cónyuge (unidad económica unipersonal) percibirán 12.241,60 euros y en el caso de beneficiarios con cónyuge no a cargo, la pensión subirá a los 11.620,00 euros anuales.
En el caso de los titulares con edad entre 60 y 64 años, la pensión anual de incapacidad permanente total será de 15.786,40 euros con cónyuge a cargo, 11.452,00 euros sin cónyuge y 10.824,80 euros con cónyuge no a cargo.
Incapacidad Permanente | Con cónyuge a cargo (€/año) | Sin cónyuge: Unidad económica unipersonal (€/año) | Con cónyuge no a cargo (€/año) |
---|---|---|---|
Gran invalidez | 23.678,20 € | 18.362,40 € | 17.430,00 € |
Absoluta | 15.786,40 € | 12.241,60 € | 11.620,00 € |
Total: Titular con 65 años | 15.786,40 € | 12.241,60 € | 11.620,00 € |
Total: Titular con edad entre 60 y 64 años | 15.786,40 € | 11.452,00 € | 10.824,80 € |
Total: Derivada de enfermedad común menor de 60 años | 9.024,40 € | 9.024,40 € | 8.947,40 € |
Parcial del régimen de accidentes de trabajo: Titular con 65 años | 15.786,40 € | 12.241,60 € | 11.620,00 € |
En cuanto a las pensiones mínimas que deriven de una incapacidad permanente total por enfermedad común y los titulares sean menores de 60 años también subirán. Aquellos que tienen cónyuge a cargo o no tienen cónyuge reciben una cuantía anual de 9.024,40 euros, mientras que quienes cuentan con un cónyuge no a cargo perciben 8.947,40 euros al año.
Ponemos las cuantías anuales, ya que estas prestaciones puede cobrarse en 12 o 14 pagas al año. Los que las perciben en 12 pagas son aquellas que derivan de un accidente laboral, una enfermedad profesional o un accidente de trabajo, mientras que el resto son a 14 pagas.
Pensión máxima de incapacidad permanente
La pensión máxima se situará en los 3.267,60 euros mensuales y que independientemente de si se cobra en 12 o 14 pagas no podrá superar los 45.746,40 euros anuales. Así, cuantía máxima se situará en esta cantidad ya sea cobrando una pensión de incapacidad o percibiendo varias pensiones a la vez. Solamente podrá superarse esta cantidad cuando se perciba el complemento para reducir la brecha de género o más conocido complemento por hijo a cargo.

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