La apuesta de España por la equidad sanitaria y la protección de los colectivos vulnerables ha ido en aumento a lo largo de los años. Con lo cual, el Gobierno ha ido aprobando diferentes reformas y ajustes en el sistema de copago farmacéutico para aquellas personas que tiene una menor capacidad económica ante los gastos médicos.
Una de estas ayudas es la exención total en el copago farmacéutico diseñada para combatir el aumento del coste de vida y la inflación. Así, busca aliviar el bolsillo de los españoles permitiéndoles costear sus fármacos esenciales para que reduzcan el gasto derivado de sus dolencias.
Así, cumpliendo los requisitos, se abre una ventana de oportunidad para proteger a los pacientes con patologías crónicas sin que el coste en la farmacia suponga una barrera económica infranqueable.
¿Cómo consigo los medicamentos gratis o con tope?
La iniciativa detrás de esta ayuda viene del Ministerio de Sanidad que ha impulsado una reforma legal para adecuar los porcentajes de aportación en las dispensaciones con receta médica.
Para acceder a la exención total que cubre el 100% del coste farmacológico, hay que demostrar el cobro de complementos por mínimos en la pensión contributiva, es decir, la cantidad que paga la Seguridad Social, siendo esta la diferencia entre la pensión resultante y la pensión mínima. Por lo general, antes se pedía no superar un umbral de renta fijo, lo que provocaba que muchos mayores perdieran el derecho al revalorizarse sus prestaciones.

También, se introduce un criterio dinámico en la ley para que el límite se actualice de forma automática, garantizando la continuidad de la ayuda y acreditando un verdadero respaldo a los más vulnerables.
Ahora bien, el porcentaje de copago varía dependiendo de la renta del usuario, con lo cual a menor nivel de ingresos, mayor será la protección del Estado. Así, el abanico pasa de tres a seis niveles de aportación para los trabajadores activos y de tres a cuatro niveles para los pensionistas.
Por otro lado, estas aportaciones generales cuentan con topes máximos mensuales para blindar la equidad y se puede limitar el gasto a solo 8,23 euros al mes para los activos y pensionistas de rentas más bajas.
Así, situaciones concretas como requerir medicación por enfermedades crónicas o tratamientos de larga duración suelen generar un gasto acumulado elevado, con lo cual califican para la devolución semestral por parte de la comunidad autónoma si se exceden los límites.
Para mantener esta exención sin cobrar el complemento a mínimos, el beneficiario debe acreditar que ya estaba exento con la legislación anterior. Además, si se realiza la comprobación de ingresos, la norma exige que la renta anual sea inferior a 5.635 euros o a 11.200 euros si no se está obligado a declarar.
Así, esta gratuidad ampara directamente a pensionistas titulares de la Seguridad Social y se aplica igualmente a todas las personas que figuren como sus beneficiarios legales.Para conseguir dicha exención o la aplicación de los topes no es preciso realizar trámites complejos, ya que el nivel de renta se cruza con los datos fiscales. Así, finalmente, aunque la norma y los criterios sean estatales, la gestión se realiza a través de los servicios de salud de cada comunidad autónoma.

