
El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ofrece a los desempleados varias prestaciones y subsidios que suelen tener una duración determinada. Estas ayudas económicas están ajustadas a la realidad de cada parado. Entre ellas, hay una prestación que se puede cobrar de forma indefinida, hasta conseguir un empleo o llegar a la edad de jubilación. Este es el subsidio para mayores de 52 años, que es para desempleados que, por su edad, tienen más problemas para regresar a la vida laboral.
La ayuda tiene una cuantía al mes de 480 euros, que es el equivalente al 80% del IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples) y está dirigida a mayores de 52 años que ya hayan agotado el paro (la prestación contributiva por desempleo) o que no tengan derecho a cobrarla pero que hayan cotizado entre 90 y 359 días por desempleo, como explican desde el SEPE. Pero, además, hay que cumplir otros requisitos.
Al igual que pasa con otras ayudas por desempleo, muchos conocen a esta prestación como ‘mini paro’ porque la cantidad que se cobra es más baja que la prestación contributiva por desempleo. Y porque no todos los parados tienen derecho a poder cobrarlo y deberán cumplir con el requisito de la falta de ingresos suficientes.
Requisito para cobrar el mini paro de manera indefinida
El primer requisito para cobrar esta prestación es tener 52 años pero también haber agotado la prestación contributiva por desempleo (el paro) o acreditar que en el día de la solicitud no se tiene trabajo con al menos 90 días cotizados (por desempleo).
Cuando se cumplan estos requisitos, no será obligatorio permanecer inscrito como demandante de empleo durante un mes previo a la solicitud, porque la fecha que se va a tener en cuenta es la de la agitación de la prestación contributiva.
También hay que presentar una renta o ingresos que no superen el 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI).
Pero ¿qué otros requisitos hay que cumplir para poder cobrar este mini paro del SEPE? Para empezar, hay que reunir todas las condiciones (menos la edad) para poder cobrar la pensión contributiva de jubilación de la Seguridad Social. Por tanto, hay que tener cotizados al menos 15 años, de los que al menos 2 deben estar dentro de los últimos 15 años antes del momento de presentar la solicitud.
Otro de los requisitos imprescindibles es el de tener al menos 6 años cotizados por desempleo. En la página oficial del SEPE se explica que cotizan por desempleo los trabajos realizados por cuenta ajena en el Régimen General de la Seguridad Social, el Sistema Especial Agrario, el Régimen de Trabajadores del Mar y los contratos de formación.
Cuantía y duración del subsidio para mayores de 52 años
El subsidio para mayores de 52 años es del 8% del IPREM, que está vigente de forma anual. Actualmente, se cobran 480 euros al mes. Se ingresa en 12 pagas, todos los meses, y no tiene paga extra al igual que todos los subsidios y prestaciones del SEPE.
La reforma de los subsidios por desempleo que recoge el RD Ley 2/2024 ha hecho que la mayor parte de las ayudas hayan subido seguido de una reducción progresiva. Pero, en el caso del subsidio para mayores de 52 años esto no es así, ya que se mantiene la cuantía fija.
Respecto a la duración, se puede seguir cobrando hasta que el beneficiario consiga un empleo o llegue a la edad ordinaria de jubilación necesaria para cobrar la pensión de la Seguridad Social, una edad que depende de los años cotizados. Para mantener esta ayuda, habrá que presentar la Declaración Anual de Rentas, para demostrar que se sigue cumpliendo con el requisito de carencia de ingresos.
Cotiza para la pensión de jubilación
Esta prestación para desempleados mayores de 52 años, cotiza para la pensión de jubilación. Se cotiza sobre el 125% del tope mínimo de la cotización vigente, que actualmente es de 1.653,75 euros al mes.
Se puede solicitar con una cita previa en las oficinas del SEPE, o entrando en la Sede Electrónica de este organismo. También se podrá rellenar el formulario pre-solicitud que aparece de manera online.
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