
Heredar una vivienda entre varios hermanos es algo muy habitual y en muchas ocasiones una fuente de conflictos, hasta el punto de tener que llegar a los tribunales. Ha sido el caso de estos hermanos que se disputaban la titularidad de la vivienda de sus padres ya fallecidos. Finalmente, ha sido la Audiencia Provincial de Alicante, quien ha resuelto la situación, que ha ordenado el desalojo de la hermana, que estaba ocupando la vivienda sin tener título legal para hacerlo.
Según los detalles de la sentencia de febrero de 2025, los padres donaron la casa al hijo en el año 1992. Desde aquel momento este pasó a ser el nudo propietario, mientras los padres quedaron como usufructuarios vitalicios. Cuando estos fallecieron, la posesión del inmueble pasó a tener la plena propiedad. El problema surge debido a que la hermana estaba viviendo en la casa con el consentimiento de la madre, y al fallecer esta siguió residiendo allí, sin tener ningún título legal que lo amparase, asegurando que además tenía derecho a ello por la herencia.
El hermano se opuso a ello, defendiendo que se trataba de una ocupación, ya que tenía permiso de la madre en vida, pero tras su muerte él era el pleno propietario de la vivienda.
La justicia ordena el desalojo de la vivienda
El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 1 de Novelda concluyó que la ocupación de la hermana carecía de soporte jurídico válido. En palabras de la sentencia, “la demandada ocupa el inmueble únicamente por consentimiento o tolerancia de quien en vida ostentaba el usufructo, sin que conste título traslativo de dominio a su favor”.
El juez aplicó el régimen del juicio de desahucio por precario, previsto en el artículo 250.1.2º de la Ley de Enjuiciamiento Civil, recordando que este procedimiento está destinado a resolver supuestos de posesión sin título que lo ampare frente al propietario. En este caso, era la hermana a quien le correspondía acreditar su derecho sobre la vivienda, algo que no pudo demostrar y, por tanto, se ordenó el desalojo de la vivienda.
Pese al recurso de apelación presentado, la Audiencia Provincial de Alicante, al revisar el caso, confirmó íntegramente la sentencia del juzgado. Consideró probado que el hermano es el legítimo propietario de la vivienda, mientras que la hermana no pudo presentar ningún documento que acreditase un derecho propio para permanecer en el inmueble tras el fallecimiento de sus padres.
La Audiencia Provincial confirmó, por tanto, el desahucio, no obstante, la sentencia no fue firme, y la hermana tuvo la opción de presentar un recurso de casación ante el Tribunal Supremo.