
La Agencia Tributaria no perdona y, por ello, el asesor fiscal José Ramón López ha querido recordar un importante cobro que tendrá lugar próximamente. “Hagas lo que hagas, ten dinero en tu cuenta bancaria el lunes 30 de junio, porque si no te puede costar caro”, ha comenzado explicando en un vídeo de su cuenta de TikTok (‘tu blog fiscal’), para que a ningún contribuyente le pille por sorpresa.
¿De qué se trata? Del plazo de cobro de la declaración de la Renta. Si esta te salió a pagar, el primer plazo de pago es el 30 de junio. “Depende de la opción que escogiste de pago, puede ser que lo pagues todo de golpe el 30 de junio o puede ser que lo hagas en dos pagos. El primero, del 30 de junio, es del 60% y el segundo del 5 de noviembre del 40% restante”, detalla López.
Dicho esto, continúa explicando que si Hacienda va a realizar el cobro y no hay suficiente dinero en la cuenta bancaria, esta podría aplicar un recargo. “En tu cuenta bancaria donde domiciliaste este pago, tiene que haber saldo suficiente antes del 30 de junio, porque si no, si por casualidad viene devuelto ese recibo de la Agencia Tributaria y no lo pagas el 30 de junio, lo que te va a pasar es que de entrada te va a venir un recargo de toda la deuda, no del 60%, sino de por lo menos el 5%”.
Esto es, aunque se fraccionara el pago, ese recargo en un inicio del 5%, se aplicaría en la cuantía total, no en el 60% que se debe abonar en este primer pago que se realiza el 30 de junio: “si te salió a pagar 1.000 euros, por hacerlo fácil, y pagas 600 euros el 30 de junio y 400 el 5 de noviembre, te van a aplicar un 5% de recargo no sobre 600, que es la deuda que puede ser que quede impagada, sino sobre el total de la deuda, sobre los 1.000”. Además, ese recargo iría en aumento: “cuanto más tardes en pagarlo, más se va a incrementar. Puede llegar hasta el 20% si llega el apremio”.
Hay que tener saldo en la cuenta antes del 30 de junio
El asesor fiscal José Ramón López, atendiendo a todo lo anterior, pide a los contribuyentes revisar que existe saldo suficiente en la cuenta bancaria donde se domicilió el primer pago (o el pago único) de la declaración de la Renta. “Si no tienes saldo suficiente, hazte ya una transferencia, un Bizum desde otra cuenta que tengas. Son instantáneos los bizums. Las transferencias tampoco tienen coste ya de forma instantánea en la mayoría de bancos, en algunos todavía sí. Así que arréglalo”, avisando, eso sí, de que es algo que debe hacerse antes de la mencionada fecha. “No lo hagas el mismo día 30 de junio, hazlo antes”, concluye.