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Adiós al impuesto de sucesiones y donaciones: en estas comunidades los herederos no tendrán que pagarlo

Dependiendo del lugar de residencia y el parentesco con el fallecido, los herederos podrán obtener bonificaciones en el impuesto de sucesiones de hasta el 100%.


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Billetes de euro |Envato
Lucía Rodríguez Ayala
Fecha de actualización:

Cuando fallece un familiar, los herederos tienen que pasar por una serie de trámites para poder recibir la herencia, entre ellos el pago del impuesto de sucesiones y donaciones. Este impuesto puede variar en función de la comunidad autónoma en la que se viva y el grado de parentesco que se tenga con el difunto, ya que cada una permite aplicar diferentes bonificaciones hasta el punto de quedar exento o teniendo que pagar un importe muy bajo. 

Aunque son muchas autonomías las que ya aplican bonificaciones muy cercanas al 100% en dicho impuesto, los Técnicos del Ministerio de Hacienda, aclararon que se trata de un impuesto que genera ciertas desigualdades y propusieron que se igualara en toda España.

El valor del impuesto de sucesiones y donaciones, según señala Hacienda a través de su web, oscila en unos porcentajes de entre el 7,65% y el 34% del valor de la herencia, al que se le aplicarán las bonificaciones especificadas de cada comunidad autónoma. 

Comunidades en las que los herederos no tendrán que pagar impuesto de sucesiones o lo harán por un importe muy bajo 

Como se ha dicho, además de lugar de residencia, uno de los factores clave a la hora de aplicar las bonificaciones al impuesto de sucesiones es el grado de parentesco del heredero con el fallecido. De este modo, los grupos I y II son más beneficiados a la hora de recibir el patrimonio del difunto. 

En el grupo I se incluyen los descendientes y adoptados menores de 21 años, mientras que el grupo II lo hacen los descendientes y adoptados de 21 años o más, así como al cónyuge, ascendientes y adoptantes.

Estas son las Comunidades Autónomas que aplican bonificaciones de hasta el 100%, en algunos casos, en el impuesto de sucesiones: 

Andalucía 

Los grupos I y II no pagarán impuestos para herencias de menos de 1 millón de euros. Las que superen dicho importe tendrán que tributar.   

Aragón 

Se bonificará el 65% para herencias que no superen los 100.000 euros.

Asturias 

Para herencias inferiores a 300.000 euros estarán exentos los herederos de los grupos I y II y una bonificación del 99% en las víctimas de violencia de género. 

Cantabria 

Los descendientes, cónyuges y ascendientes recibirán bonificaciones de entre el 90% y el 99%. Esta cuantía se verá reducida al 25% en el que caso de que hereden otros familiares.   

Castilla - La Mancha  

Los menores de 21 años, cónyuges, ascendientes y descendientes podrán aplicarse una bonificación del 100% al recibir la herencia si importe no supera los 300.000 euros. A partir de esa cantidad la bonificación será del 80%   

Castilla y León 

Reducción en la base imponible de entre 400.000 y 300.000 euros en los casos de descendientes y adoptados, cónyuges, ascendientes y adoptantes y 300.000 euros.   

Cataluña 

En herencias que no superen los 100.000 euros, los cónyuges y descendientes menores de 21 años estarían exentos, si el heredero fuera un nieto, estará exento de este impuesto, siempre que el importe de la herencia no supere los 50.000 euros. 

En el caso de que el heredero tenga cualquier otro tipo de parentesco, tendrá que abonar el impuesto correspondiente sin ningún tipo de bonificación.  

Extremadura 

Los herederos de los grupos I y II recibirán una bonificación del 99%.  

Galicia 

Los herederos del grupo II estarán exentos hasta un límite de 400.000 euros. 

Islas Canarias  

Los descendientes, cónyuges y otros familiares obtendrán una bonificación del 99%. 

Islas Baleares 

Desde 2023, los ascendientes, cónyuges y descendientes tienen una bonificación del 100%.   

En el caso de que se trate de hermanos, tíos o sobrinos, se aplicará un 25%, que ascenderá a un 50% en el caso de que el fallecido no tuviera descendencia.    

La Rioja 

Bonifican con el 99% a todos los herederos, independientemente del grupo al que pertenezcan y el importe de la misma.   

Madrid  

Los familiares directos tienen una bonificación del 99%, en el caso de los hermanos serán del 15% y si los herederos son sobrinos del 10%.   

Para hermanos, tíos y sobrinos por consanguinidad, la comunidad aplica una bonificación del 25% que se ampliará al 50% el próximo año.   

Murcia 

99% de bonificación para los herederos de los grupos I y II.  

Navarra 

Para herencias por debajo de los 250.000 euros, la reducción para los herederos es del 100%. Este importe se verá reducido al 80% para herencias que superen esta cantidad.  

País Vasco 

Si la cuantía es menor a 400.000 euros, los descendientes, ascendientes y cónyuge, estarán exentos.   

En el caso de heredar una cuantía mayor, el importe del impuesto será del 1,5% 

Valencia 

Para cónyuges, ascendientes y descendientes la bonificación será del 99%.

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