El SEPE avisa: si no se presenta este documento se pierde el subsidio para mayores de 52 años

El desempleado debe presentar un documento todos los años para no perder el cobro del subsidio para mayores de 52 años.

El SEPE avisa: si no se presenta este documento se pierde el subsidio para mayores de 52 años
Documento obligatorio para cobrar el subsidio para mayores de 52 años
Diego Fernández

El subsidio para los desempleados mayores de 52 años cuenta con un requisito que se debe cumplir todos los años para poder seguir cobrándolo mientras se encuentre en situación de desempleo. Es por ello que el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) indica que es obligatorio llevar un trámite todos los años de cara a poder cobrarlo.

Este requisito es el de no tener ingresos superiores al 75 % del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), esto es, que el límite de dinero que ingresa todos los meses es menos de 723,75 euros. Para ello, el SEPE ha establecido una serie de pasos que el desempleado tiene que dar para poder certificar que se cumple esta condición y así cobrar la prestación más larga en el tiempo que ofrece el Servicio Público de Empleo Estatal. 

Para poder seguir cobrando el subsidio para las personas desempleadas que tengan más de 52 años tan solo hay que entregar un documento al SEPE. Pero este se debe hacer todos los años para que así, la administración compruebe que se sigue cumpliendo la condición especial y, con ello, poder seguir pagando durante un año entero los 463,20 euros que corresponden a esta prestación no contributiva. 

Este documento se debe entregar todos los años al SEPE

Una vez que el Servicio Público de Empleo Estatal concede este subsidio para los desempleados mayores de 52 años, que tiene una cuantía de 463 euros al mes, pero que, en 2022 subirá hasta los 463,20 euros al mes, habrá que esperar un año para llevar a cabo el trámite.

Y es que una vez pase el año de subsidio, si se quiere seguir cobrando hay que presentar la declaración de rentas ante el SEPE, un documento que debe ser enviado obligatoriamente a la administración de empleo, ya que sin él, se retirará automáticamente la prestación.

Con ello, el SEPE certificará si el desempleado sigue cumpliendo con la condición de tener unos bajos ingresos mensuales, concediendo así, durante otro año entero, el pago de la prestación no contributiva. Pero, si por el contrario, se detecta que los ingresos son mayores a los 723,75 euros al mes, aunque fuesen de 724 euros, el beneficiario de este subsidio dejará de cobrarlo debido a que ya no cumple con el requisito imprescindible de no superar la cantidad límite establecida. 

¿Cómo se rellena la declaración de rentas?

Con relación a, cómo se tiene que completar este documento, lo primero será descargar la declaración de rentas. Una vez se obtenga, aparecerá un PDF con 2 páginas, pero en las que solo se debe completar la primera de ellas, debido a que la página número 2 es de información para el desempleado.

En esta declaración de rentas hay que distinguir diferentes puntos que deberán ir completando. Estos se dividirán en datos personales, datos relativos a la variación, fecha de presentación y la firma, quedando así:

  • Datos personales. En este apartado se debe completar información sobre: 
    • Nombre y apellidos
    • DNI o NIE
    • Fecha de solicitud del subsidio
  • Datos relativos a la variación. Teniendo que poner solo los del beneficiario del subsidio.
    • DNI
    • Apellidos y Nombre
    • Fecha de nacimiento
    • Trabajo que realice o pensión que reciba
    • Capital mobiliario
    • Capital inmobiliario
    • Actividades profesionales o agrarias
    • Otras rentas
    • Rentas totales
    • Fecha de variación

Tras estos datos, en la parte final del documento habrá que poner la fecha de la presentación de la declaración de rentas. Además, también tendrá que aparecer la firma del beneficiario de esta prestación del SEPE.

¿Cómo se presenta la declaración de rentas ante el SEPE?

A la hora de presentar esta declaración de rentas ante el SEPE se puede llevar a cabo de dos maneras diferentes. Por un lado, acudiendo de forma presencial a una de las oficinas del Servicio Público de Empleo Estatal y, por otro, de forma telemática a través de la sede electrónica del propio SEPE. 

De forma presencial

Si se desea llevar a cabo este trámite de manera presencial lo primero que se debe hacer es solicitar una cita previa al SEPE a través de su sede electrónica. Ahí se obtendrá un día y una hora exactos en los que el desempleado debe acudir, siempre respetando las medidas anticovid-19, a la oficina que le corresponde de desempleo y entregar esta declaración de rentas a los trabajadores funcionarios

A través de internet

Si, por el contrario, se prefiere hacer esta gestión por internet, hay que acudir, primero a la web de la sede electrónica del SEPE. Apareciendo dos opciones, ‘personas’ y ‘empresas’, tendrá que clicar en ‘personas’. Ahí se abrirá un nuevo apartado con diferentes opciones para poder realizar las gestiones necesarias sobre las prestaciones y subsidios que gestiona la administración. 

En ese momento hay que pinchar en la opción ‘realizar declaración anual de rentas (para subsidio de mayores de 52 años)’. Ahí habrá que identificarse, pudiendo hacerlo de 3 formas distintas, bien con el certificado digital, DNI electrónico o con cl@ve.

Una vez dentro, hay que completar un pequeño formulario siempre que no aparezcan los datos personales del beneficiario de esta prestación. Al final de éste, estará la opción ‘seleccionar archivo’ que se debe clicar para añadir la declaración de rentas y, una vez añadida, presentar la solicitud ante el SEPE como último paso. 

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