¿Es compatible el Ingreso Mínimo Vital con el subsidio para mayores de 52 años?

Un desempleado que cobra el subsidio para mayores de 52 años podrá solicitar el Ingreso Mínimo Vital si cumple un requisito específico.

¿Se puede cobrar el Ingreso Mínimo Vital y el subsidio para mayores de 52 años a la vez?
Compatibilidad del subsidio para mayores de 52 años
Diego Fernández

Un desempleado que esté cobrando el subsidio para personas mayores de 52 años que ofrece el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) puede solicitar el Ingreso Mínimo Vital (IMV) que concede el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) para cobrar ambas prestaciones al mismo tiempo. Aunque hay que tener en cuenta que, para poder recibir ambos pagos, es necesario cumplir con un requisito específico ya que, en el caso contrario, no se podrán cobrar ambas a la vez. 

Hay que recordar que para poder cobrar estas dos ayudas al mismo tiempo no solo existe dicho requisito imprescindible que se explicará a continuación. Sino que hay también hay que acreditar que se cumplen otras condiciones, por un lado, hay que cumplir con lo establecido en el SEPE para poder solicitar el subsidio para desempleado con más de 52 años. Si se concede, será el momento de ver si se cumplen los requisitos mínimos del Ingreso Mínimo Vital para que también se conceda esta prestación del INSS.  

También es importante que el desempleado beneficiario de ambas prestaciones tenga en cuenta que, en el caso del subsidio para mayores de 52 años, se debe renovar la solicitud mediante la presentación de la declaración de rentas de forma anual. Lo contrario ocurre con el Ingreso Mínimo Vital, el cual no hace falta renovarlo, sino que se paga de forma indefinida durante todo el tiempo en el que se cumplan las condiciones mínimas establecidas.

Hay un requisito para poder cobrar el subsidio y el IMV a la vez

Solo existe un requisito que el solicitante de ambas prestaciones debe cumplir para poder cobrar el subsidio del SEPE y el IMV de la Seguridad Social al mismo tiempo. Y, para saber cuál es, hay que fijarse en los requisitos que impone el Servicio Público de Empleo Estatal, ¿por qué? Pues bien, para cobrar las 2 ayudas económicas, el beneficiario no puede cobrar, mensualmente, más del 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), cuyo límite está marcado actualmente en los 723,75 euros al mes.

Esto quiere decir que, si un desempleado va a solicitar un subsidio correspondiente al Ingreso Mínimo Vital, pero se le concede una ayuda superior a dicha cantidad, dejará de cobrar el subsidio para desempleados mayores de 52 años. Por lo que solo podrán tener acceso aquellos que cobren menos de dicha cantidad, para ello, es necesario conocer cuáles son las cuantías que se van a pagar con el IMV.

¿Quién puede cobrar a la vez el subsidio del SEPE y el IMV?

Para conocer de cuánto va a ser la ayuda total que se va a cobrar tanto con el cobro de la prestación que ofrece el SEPE como el Ingreso Mínimo que concede la Seguridad Social, hay que tener en cuenta el requisito mínimo de no superar el 75% del SMI. Y es que, lo primero es ver quiénes pueden tener acceso al cobro de estas dos ayudas al mismo tiempo. 

Según lo establecido por la normativa actual del Servicio Público de Empleo Estatal, sólo podrán solicitar el Ingreso Mínimo Vital aquellos beneficiarios que se encuentren en tres contextos familiares distintos. Estos son:

  • Un beneficiario que vive solo.
  • Un adulto con un menor a cargo.
  • Dos adultos sin menores a cargo.

¿Cuánto se va a cobrar a la vez con ambas ayudas económicas?

Haciendo referencia a cuánto se va a cobrar si se es beneficiario de ambas prestaciones económicas es importante diferenciarlo en dos aspectos. En primer lugar, se encuentra el subsidio para desempleados mayores de 52 años, que tiene una cuantía fija de 463,2 euros al mes. Para conocer la cuantía exacta total, será necesario sumarle esta cantidad a la diferencia que haya entre lo que se debería cobrar con el IMV y lo que se cobra con el subsidio para mayores de 52 años, esto es:

  • Un adulto solo: 463,2 euros del subsidio + 18,08 euros del IMV. Recibirá una prestación total de 481,28 euros al mes.
  • Un adulto y un menor: 463,2 euros del subsidio + 262,37 euros del IMV. Recibirá una prestación total de 625,57 euros al mes.
  • Dos adultos sin menor a cargo: 463,2 euros del subsidio + 158,39 euros del IMV. Recibirá una prestación total de 621,59 euros al mes.

¿Se debe declarar a Hacienda?

Otro de los datos que se deben tener en cuenta es que se tiene que realizar la declaración a Hacienda de manera obligatoria. Es relevante tenerlo en cuenta, ya que según tiene marcado la Agencia Tributaria, pese a que solo se debería presentar si se superan los 14.000 euros anuales de ingresos si son dos pagadores, el IMV debe presentarse obligatoriamente. Con ello, Hacienda certificará que se sigue respetando el límite de ingresos y, con ello, que el beneficiario pueda seguir cobrando el subsidio para mayores de 52 años y el complemento correspondiente del Ingreso Mínimo Vital.

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