El SMI también se aplica a las empleadas del hogar, incluso aunque estén ‘sin papeles’

Las empleadas del hogar tienen derecho a percibir el salario mínimo interprofesional aunque estén en situación irregular. En caso contrario, pueden reclamar.

Una trabajadora doméstica realizando tareas del hogar |Europa Presss
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Las empleadas del hogar son uno de los colectivos más vulnerables en cuanto a derechos laborales se refiere. El hecho de que desarrollen su actividad laboral en el interior de un domicilio, hace que incluso los derechos más básicos se vulneren con frecuencia. A esto se suma que, una parte importante de ellas, son trabajadoras extranjeras en situación irregular, de lo que se aprovechan algunos empleadores.

Por ello, es importante saber que, el hecho de estar en situación irregular, no implica que no se tengan derechos. La ley debe cumplirse igual y esto incluye el pago del Salario Mínimo Interprofesional (SMI). En todos los casos, como recoge el Real Decreto 1620/2011, por el que se regula la relación laboral de carácter especial del servicio del hogar familiar, el salario pactado tiene que ser igual o mayor al salario mínimo establecido cada año.

Atendiendo al SMI actual, una empleada de hogar que trabaje a 40 horas en 2026 debe cobrar en 2026 un sueldo mínimo de 1.221 euros mensuales si se reparte en 14 pagas o de 1.424,50 si se reparte en 12 (con las pagas extra prorrateadas). En ambos casos, equivaldría a 17.094 euros brutos.

Por su parte, en caso de estar trabajando a tiempo parcial (menos de 40 horas), se cobrará el equivalente proporcional, siempre respetando el salario mínimo establecido (aquí se puede consultar la tabla salarial por horas para empleadas del hogar de 2026). 

Se debe cobrar el SMI siempre, “da igual que tengas papeles o no”

Algunas trabajadoras del hogar piensan que, por encontrarse en situación irregular, no tienen derecho a percibir el Salario Mínimo Interprofesional. Esto, como se adelantaba, es falso: siempre deben cobrar el SMI. “Da igual que tengas papeles o no. El salario mínimo es el mismo para todas”, explicó el abogado laboralista Víctor Arpa tras aprobarse la última subida de 2026.

Este abogado, de hecho, suele recordar a través de sus redes sociales que la ley, en cuanto a derechos laborales se refiere, es igual para todos: “Quiero decir algo muy claro, aunque no tengas papeles, tienes derechos, los mismos que cualquier trabajador [...]. Si te despiden, si te explotan, si te deben dinero, tienes derecho a reclamar lo que te pertenece. Tus derechos valen tanto como los de cualquier trabajador. No dejes que te los quiten”, exponía en uno de sus vídeos.

De ese modo, hay que tener claro que no contar con el permiso de residencia y trabajo, no significa que el empleador pueda pagar por debajo del salario mínimo. Siempre se debe garantizar este mínimo. Es más, en caso de incumplimiento, se puede reclamar las cantidades adeudadas. Para ello, primero se debe presentar una papeleta de conciliación y, si no hay acuerdo, ya se presentaría una demanda ante el Juzgado de lo Social.

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