El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dejado claro en una nueva sentencia que las medidas utilizadas en España para sancionar el abuso de la contratación temporal en las Administraciones públicas, como la figura del trabajador indefinido no fijo, las indemnizaciones o los procesos de estabilizacion, no cumplen con el Derecho de la Unión.
A falta de medidas, una solución podría ser la conversión de los miles de interos afectados por este abuso en fijos, pero el Gobierno la ha descartado. El ejecutivo ha defendido que el fallo, publicado este martes, es “meramente aclaratorio y no afecta a la normativa nacional ni impone sanciones de ningún tipo, defendiendo que el TJUE no obliga a España a hacer fijos los contratos temporales del sector público, según fuentes del Ministerio de Función Pública consultadas por Europa Press.
Hay que recordar que, en esta sentencia, el tribunal europeo responía a una cuestión prejudicial planteada por el Tribunal Supremo, que preguntó si el marco constitucional español para el acceso al empleo público, basado en los principios de igualdad, mérito y capacidad, y que por tanto prohíbe la fijeza automática, era contrario al Derecho europeo.
Las conclusiones del TJUE
El Alto Tribunal Europeo considera que las medidas previstas en España para hacer frente al uso de contratos temporales sucesivos en el sector público no se ajustan al Derecho de la Unión, al entender que no permiten sancionar “debidamente” estas prácticas ni “eliminar las consecuencias” del incumplimiento.
Así responde al caso de una trabajadora que encadenó seis contratos de interinidad desde 2016 en un centro educativo público de la Comunidad de Madrid, cuya relación fue calificada por la justicia española como indefinida no fija tras apreciar una utilización irregular.
Sobre esta solución, el TJUE señala que “no constituye una medida adecuada”, ya que “supone mantener una relación laboral de naturaleza temporal” y, con ello, la “situación de precariedad”. Esto, añaden en el fallo, “pone en tela de juicio el efecto útil del Acuerdo Marco”.
El Gobierno afirma que el TJUE solo les insta “a hacer más para evitar abusar del trabajador temporal”
El Gobierno, según la citada agencia, ha manifestado su compromiso con la reducción de la temporalidad en los empleados de la Administración Pública, pero han recordado que la doctrina del Tribunal Constitucional es contraria a hacer fijos a trabajadores temporales sin que saquen esta plaza en una oposición abierta a todo el mundo.
“El TJUE lo que ha dicho es que España tiene que hacer más para evitar abusar de la figura del trabajador temporal, pero no obliga a hacerlo de una manera u otra”, habrían apuntado las mismas fuentes. En este sentido, han señalado los principios de “igualdad, mérito y capacidad” como pilares constitucionales que garantizan el acceso al empleo público en España basándose en la competencia profesional.
Realmente, el tribunal europeo no ha cuestionado la validez de estos principios constitucionales, ni el hecho de que el acceso a la función pública deba realizarse mediante procesos selectivos abiertos y respetando la igualdad de oportunidades. Sin embargo, establece que estos principios no pueden servir como excusa para no sancionar el abuso de la temporalidad.
Asimismo, desde Función Pública han señalado que, en las últimas legislaturas, han trabajado para resolver este problema de la temporalidad. Primero, han indicado que en 2021 se aprobó una ley para reducir la temporalidad en las administraciones públicas, validada por la Comisión Europea, y que ha logrado que la tasa de temporalidad se haya reducido seis puntos, de un 39% en 2023 al 32,7% en la actualidad.
También han manifestado que España ha superado el objetivo comprometido con la Comisión Europea de cubrir al menos con trabajadores fijos 300.000 plazas en los tres niveles de la Administración que antes estaban ocupadas por temporales, con 419.756 plazas estabilizadas, y que, además, ha convocado de media 32.522 plazas de empleo público al año entre 2018 y 2025, lo que contrasta con los recortes de la etapa anterior del Partido Popular.
Frente a esto, cabe señalar que, en el fallo, el TJUE cuestiona estos procesos de estabilización impulsados por la Ley 20/2021. Aunque en estos se valora la experiencia previa de los trabajadores temporales, para el órgano europeo no constituyen una sanción efectiva porque están abiertos a otros candidatos, no aseguran la permanencia del trabajador afectado, y no eliminan las consecuencias del abuso si no se supera el proceso.
Los sindicatos exigen soluciones
Frente a esta posición, los sindicatos sí que han exigido soluciones al Ejecutivo. Primero, CSIF ha solicitado regular en el ordenamiento jurídico “sanciones ejemplares, claras, concretas y aplicables” para los responsables de las administraciones que sigan abusando de la contratación temporal. Además, piden que este tipo de sanciones “vayan más allá” de la mera responsabilidad administrativa y recaigan sobre los máximos responsables de las administraciones que incumplan.
También han solicitado que las ofertas de empleo público convoquen todas las plazas estructurales “para prestar un servicio público efectivo y de calidad y así evitar que para dar un servicio adecuado se tenga que acudir a la contratación temporal”. En último lugar, han instado a reducir los plazos de ejecución de los procesos selectivos, que actualmente tienen un plazo máximo de 3 años, pero “que se incumple sistemáticamente”.
Por su parte, CCOO mantiene que la solución exige una reforma normativa clara, que adapte plenamente el sistema español a las exigencias del Derecho de la Unión Europea, dote de seguridad jurídica a las personas afectadas y evite que la temporalidad abusiva siga resolviéndose “a golpe de litigio”. En cuanto a la conversión en fijos, el sindicato, interpretando la sentencia, ha manifestado que “no se trata, por tanto, de una declaración automática ni general, sino de una valoración que debe realizarse en sede judicial atendiendo a las circunstancias individuales de cada persona afectada”.
USO exige una respuesta “inmediata"
Desde el sindicato FAC-USO interpretan el fallo como un “nuevo varapalo” al sistema español y subrayan que el margen de actuación del Tribunal Supremo y del legislador queda ahora notablemente restringido. A su juicio, la sentencia obliga a articular medidas “efectivas, disuasorias y proporcionadas” frente al abuso de temporalidad y sitúa la presión sobre el Gobierno para reformar el marco legal. “No se puede sostener durante años a una persona en fraude de ley y cerrar el problema con una etiqueta distinta o una compensación simbólica”, ha señalado su secretario general, Javier Toro.