El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha ha dado la razón a una trabajadora para que tenga derecho a cobrar la incapacidad permanente absoluta debido a una encefalomielitis miálgica, también conocida como síndrome de fatiga crónica. La Seguridad Social se la había denegado alegando que sus lesiones no eran susceptibles de determinación objetiva. Por eso, tendrá derecho a una pensión vitalicia de 2.773,76 euros al mes, es decir, el 100% de su base reguladora.
Según relata la sentencia (consultable en el Poder Judicial), la afectada, nacida en 1989 y que trabajaba como auxiliar administrativa con tareas de programación de programas informáticos, empezó a padecer un cuadro clínico diagnosticado como encefalomielitis miálgica, conocida comúnmente como síndrome de fatiga crónica. Esto le provocaba problemas de ansiedad y depresión derivados de su situación, y una fuerte sensibilidad a la luz que le hace imposible soportar el uso de pantallas. Debido a estas patologías que afectaban a su trabajo y en general a su calidad de vida, pidió a la Seguridad Social que le reconociera la incapacidad permanente, siendo esta denegada.
El Equipo de Valoración de Incapacidades o Tribunal Médico, lo decidió así, ya que a su juicio “no presentaba reducciones anatómicas o funcionales que disminuyan o anulasen su capacidad laboral”. Al no estar conforme y tras una reclamación fallida, decidió presentar una demanda y acudir a los tribunales con el fin de que se le reconociera la incapacidad absoluta, ya que, en la práctica, sus afecciones le impedían desarrollar el núcleo de cualquier profesión.
Derecho a la incapacidad permanente absoluta
En los tribunales, tanto el Juzgado de lo Social número 1 de Ciudad Real como posteriormente el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha le dieron la razón, decidiendo que la trabajadora tiene derecho a la incapacidad permanente absoluta. Para ambos tribunales, las lesiones le hacían imposible desarrollar cualquier profesión, quedando capacitada únicamente para las tareas inherentes a su propio cuidado. Así, la trabajadora tendrá derecho a una pensión vitalicia correspondiente al 100% de su base reguladora fijada en los 2.773,76 euros mensuales.
Los magistrados señalan en la resolución, apoyándose en el informe del perito que acudió al juicio, que la mujer “había llegado a un extremo en el que tenía una afectación severa, dado que no podía salir de casa, no podía conducir, padeciendo la misma un agotamiento físico y mental que le impedía realizar cualquier actividad diferente al propio autocuidado”. Resumiendo, que el tribunal concluye que la demandante ha acreditado de sobra “encontrarse impedida para la normal ejecución de un quehacer profesional con la dedicación, constancia y esfuerzo precisos para su correcto y regular desarrollo”.
Qué es el síndrome de fatiga crónica
La encefalomielitis miálgica o síndrome de fatiga crónica es una patología compleja y fuertemente invalidante que merma por completo la energía de quienes la sufren. En el caso de la protagonista de esta sentencia, el cuadro médico le provoca síntomas que le impiden llevar una vida activa normal. Entre las afecciones más destacadas del fallo figuran:
- Fatiga física y mental extrema.
- “Niebla mental”, que se traduce en importantes pérdidas de memoria, concentración y atención.
- Intolerancia a las pantallas.
- Fotofobia y fonofobia (sensibilidad extrema a la luz y al sonido).
- Cefaleas constantes y bloqueos.
Al igual que ocurre con otras patologías invisibles o complejas como la fibromialgia o ciertos trastornos autoinmunes, no siempre se concede la incapacidad permanente por la vía administrativa rápida. El motivo es que el Tribunal Médico valora cómo impactan los síntomas en cada persona y no la enfermedad en sí misma, ya que la Seguridad Social no dispone de un listado automático que garantice una pensión solo por tener un diagnóstico.
Esto hace que cada caso deba estudiarse de manera muy individualizada. Aun así, como refleja esta sentencia, la decisión del INSS no es la última palabra, y en caso de disconformidad las personas afectadas pueden acabar encontrando amparo en la vía judicial.