La prestación por incapacidad temporal garantiza a los trabajadores unos ingresos ante la imposibilidad de trabajar debido a una enfermedad o accidente. Durante la baja médica, el trabajador tendrá derecho a las pagas extraordinarias, pero las mismas se calcularán de manera diferente, ya que el contrato se suspende y el cobro de estas pagas se divide en dos partes.
El artículo 31 del Estatuto de los Trabajadores (consultable en este enlace) establece que el “trabajador tiene derecho a dos gratificaciones extraordinarias al año”; una de estas se cobrará en Navidad y la otra en el mes que fije el convenio colectivo o acuerdo entre la empresa y el trabajador. Además, el artículo recoge que las pagas extraordinarias podrán abonarse de forma prorrateada, es decir, que las pagas extras se cobren con la nómina ordinaria a lo largo del año.
En el caso de estar en situación de incapacidad temporal, esta regla general se aplica de una forma muy particular debido a la suspensión del contrato de trabajo.
¿Por qué cambia el importe de la paga extra si estás de baja?
Para entender por qué la paga extra puede ser de menor importe, es necesario comprender el concepto de devengo. En situaciones de incapacidad temporal, las pagas extraordinarias siguen siendo un “salario diferido” o, lo que es lo mismo, un dinero que se va generando por cada día trabajado.
De esta manera, cuando se coge la baja médica, por un lado, el contrato se suspende (lo que no quiere decir que el trabajador esté despedido), ya que se pausa la obligación del empleado de ir a trabajar y de la empresa de pagar el salario, tal y como recoge el artículo 45 del Estatuto de los Trabajadores. Al no haber trabajo efectivo, no se genera el devengo de la paga extra por parte de la empresa durante esos días.
Por otro lado, en el momento en el que se está de baja médica, la Seguridad Social o la mutua comenzará a pagar al trabajador la prestación por incapacidad temporal.
En este punto, muchos de ellos piensan que la paga extra se reduce porque mientras se está de baja se cobra menos (el 60% o 75% de la base reguladora), pero esto no es así. Lo que pasa es que la empresa reduce su parte de la paga extra simplemente porque calcula el importe basándose únicamente en los días que el empleado sí ha ido a trabajar.
Otra cosa que conviene aclarar es que, mientras se está de baja, la empresa deja de abonar el salario, pero no de cotizar. La Ley General de la Seguridad Social establece en su artículo 174 que, a partir del día 545, la situación de incapacidad temporal se extingue y la empresa deja de tener la obligación de cotizar.
Las pagas extraordinarias durante la baja van incluidas en la base reguladora
Cuando la Seguridad Social o la mutua calculan el dinero que te van a ingresar cada mes mientras estás de baja, lo hacen utilizando la base reguladora. En ese cálculo de la base ya va incluida la parte proporcional de las pagas extraordinarias.
Por lo tanto, mientras cobras la prestación por incapacidad temporal, cada mes se abona la parte proporcional de la paga extraordinaria. Ahora, cuando a la empresa le toque abonar la paga extra, lo hará ingresando la parte proporcional a los días que se estuvo trabajando, descontando el tiempo de baja, ya que esa parte ya se recibió de forma adelantada.
Los convenios colectivos
Los convenios colectivos pueden mejorar las situaciones en las que los trabajadores se encuentren de baja, llegando en algunas ocasiones a permitir el cobro del 100% del salario.
En estos casos, si el convenio colectivo recoge que la incapacidad temporal computa como tiempo de trabajo efectivo a efectos de la paga extraordinaria, o si la empresa está obligada a completar el 100% del salario habitual, la empresa deberá abonar las pagas extras completas que correspondan.
Por este motivo, ante una baja laboral, conviene revisar siempre el convenio colectivo aplicable.