La Junta de Andalucía dará ayudas de hasta 7.200 euros a los autónomos con hijos menores a cargo

El objetivo es fomentar la contratación de personal en casos de cuidado de menores de tres años, riesgos en el embarazo o descansos por nacimiento.

El presidente de la Junta de Andalucía Juanma Moreno |María José López / Europa Press
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La Junta de Andalucía pone en marcha una prestación económica pensada para todos aquellos trabajadores por cuenta propia que necesiten sacar adelante su negocio a la vez que cubrir las necesidades de su familia o hijos. Compaginar el nacimiento de un hijo con la vida laboral supone un reto importante para muchos autónomos, por lo que el Gobierno autonómico, con Juanma Moreno como presidente en funciones, quiere ayudar a que estos trabajadores por cuenta propia puedan contratar a alguien para que les ayude en su empresa, en un momento en el que conciliar y sacar adelante un negocio se puede hacer verdaderamente cuesta arriba.

Tal y como se puede comprobar visitando el portal web de la Junta de Andalucía o mediante la publicación correspondiente en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) el objetivo de esta ayuda es apoyar a familias de autónomos que les cuesta llegar a fin de mes y conciliar a la vez. Según el documento de la Junta, se trata de una "nueva convocatoria de ayudas de hasta 7.200 euros para el fomento de la conciliación de la vida personal, familiar y laboral entre el colectivo de personas trabajadoras autónomas", siendo el plazo máximo para solicitar o inscribirse en esta ayuda el próximo 15 de septiembre.

Cuantía de la ayuda en función de las necesidades

La cuantía exacta que corresponde a los trabajadores depende de la situación personal que tengan, con varias líneas diferenciadas. La Línea 4, en su caso, "tiene como objetivo la contratación, por parte de las personas trabajadoras por cuenta propia con hijos menores de 3 años a su cargo, de personas que trabajen en su actividad económica o profesional, bien sea por nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento familiar permanente".

En este caso concreto, los autónomos se aseguran unas ayudas de 6.000 euros por cada nueva contratación por cuenta ajena de una persona desempleada no ocupada e inscrita en el Servicio Andaluz de Empleo como demandante de empleo, con una jornada de trabajo a tiempo completo y por un periodo de 12 meses.

Eso sí, la ayuda puede ser aún mayor en caso de tratarse de un sector con más dificultades de inserción. En esos casos, la cuantía de la ayuda pasa a ser de hasta 7.200 euros, siempre que la persona contratada sea mujer, hombre menor de 30 años, persona con discapacidad reconocida en un grado igual o superior al 33%, víctima de violencia de género o víctima de terrorismo, con el requisito también de que se contrate a jornada complete y con un contrato de al menos un año.

Más ayudas también por nacimiento

Por su parte, la Administración andaluza también tiene en cuenta otras necesidades temporales de los trabajadores autónomos y dirige a esas la Línea 5 de las ayudas, la cual "también pretende fomentar la conciliación entre la vida familiar y personal, subvencionando del mismo modo contrataciones, aunque en este caso para la sustitución en los supuestos de riesgo durante el embarazo, así como en los periodos de descanso por nacimiento de hijo o hija, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento familiar". Un apoyo para trabajadores por cuenta propia que van a tener un hijo o hija y el embarazo se complica con el consiguiente tiempo que la pareja debe pasar con la embarazada dejando por tanto su negocio más tiempo desatendido, en teoría.

Si firman un contrato de interinidad a jornada completa por situaciones de riesgo durante el embarazo, la normativa fija ahí "una subvención de 3.200 euros, por un período máximo de ocho meses". Pero además, si tienen que ausentarse por descanso tras el nacimiento o la adopción, les corresponden "ayudas de 1.700 euros por un período de 16 semanas, aunque existen supuestos en los que pueden alcanzar los 1.900 euros por un período de 18 semanas".

Además, es importante saber que estas cuantías base se incrementan en un 50% extra cuando la persona que incorporan como sustituta pertenece a los colectivos prioritarios mencionados anteriormente (mujeres, menores de 30 años o personas con discapacidad, entre otros), tanto en cuanto la Junta busca potenciar este tipo de perfiles.

Qué requisitos exigen para las jornadas parciales

Para recibir el visto bueno, no es obligatorio que el contrato del nuevo empleado sea de jornada completa. La norma oficial aclara que todas "las cuantías se adaptarán de forma proporcional a la jornada de trabajo resultante en los casos en los que la contratación sea a tiempo parcial, siendo la duración mínima de 20 horas semanales o el promedio correspondiente en cómputo anual". Asimismo, el documento establece que "se disminuirá el importe de la subvención de forma proporcional al período de contratación en el supuesto de que sea inferior al máximo establecido".

Además, resultan plenamente subvencionables todas las contrataciones realizadas a partir de la entrada en vigor de la convocatoria, así como las formalizadas en los 12 meses anteriores, y hasta la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Cómo tramitar la solicitud y enviar el papeleo

Si los interesados deciden iniciar el trámite para acceder a esta financiación, deben saber que el proceso descarta por completo el formato físico. El texto oficial indica de forma muy estricta que "Las solicitudes y la documentación necesaria deberán presentarse única y exclusivamente de forma telemática a través de los modelos normalizados disponibles en la Oficina Virtual de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo [...] o bien a través del Catálogo de Procedimientos y Servicios".

Por lo tanto, las peticiones deben ir dirigidas a la persona titular de la Delegación Territorial de Empleo que corresponda según la provincia de su domicilio fiscal, garantizándoles así el respaldo necesario para sacar sus negocios adelante mientras cuidan de los suyos.

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