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Estos son los medicamentos con los que la DGT no dejará renovar el carnet de conducir a las personas que los tomen

Cada 10 años es necesario renovar el carnet tipo B y para ello hay que pasar una revisión médica. Tener el carnet caducado puede implicar multas de 200 hasta 6.000 euros.


Oficinas de la Dirección General de Tráfico
Oficinas de la Dirección General de Tráfico |DGT
Antonio Montoya
Fecha de actualización:

En España cada 10 años es necesario renovar el carnet de conducir tipo B para la mayoría de ciudadanos, excepto para aquellos que tiene más de 65 años, que lo renuevan cada 5 años. En este trámite, que los conductores de turismos deben hacer sí o sí para poder seguir conduciendo, se incluye una revisión médica también obligatoria. En base a esta revisión médica y el estado de salud del conductor, hay una serie de medicamentos con los que la DGT impide renovar el carnet, tales como la insulina para la diabetes, los tratamientos psiquiátricos o los medicamentos relacionados con la apnea del sueño (excepto cuando estén acompañados de un informe favorable que apoye el tratamiento).

El proceso de revisión médica se puede llevar a cabo en un Centro de Reconocimiento de Conductores legal y habilitado para dicho efecto, que nos dará, una vez superadas las pruebas pertinentes, un documento que prueba que tenemos las condiciones físicas y psíquicas adecuadas para seguir conduciendo nuestro vehículo. Esto será complementario a los informes médicos o documentos que acrediten que podemos tomar los medicamentos que la DGT prohíbe a la hora de renovar el carnet, para que la renovación se pueda ejecutar.

Medicamentos que la DGT prohíbe para la conducción

Como decíamos, la Dirección General de Tráfico no solo tiene en cuenta las enfermedades que puedan aparecer en la revisión médica periódica a la hora de renovar el permiso de conducir, sino también ciertos medicamentos cuyo consumo puede impedir renovar el carnet. El motivo principal es garantizar la seguridad vial, ya que muchos de estos tratamientos pueden afectar directamente a las capacidades psicomotoras del conductor.

Entre los medicamentos que pueden provocar la denegación del carnet destacan la insulina, cuando no va acompañada de un informe médico que avale su control adecuado, y determinados tratamientos psiquiátricos, especialmente si no cuentan con un certificado favorable que garantice la estabilidad del paciente. También se incluyen los fármacos utilizados para tratar la apnea del sueño, para los que se exige un informe clínico que confirme la efectividad del tratamiento y la ausencia de somnolencia diurna, una de las principales causas de accidentes.

Estas restricciones están respaldadas por estudios que alertan del aumento del riesgo al volante en personas que toman ciertos medicamentos o padecen enfermedades crónicas. La propia DGT ha señalado que “el riesgo de cometer una infracción o sufrir un accidente de una persona mayor con demencia en sus primeros estadios es de 2,5 a 8 veces mayor que en personas sin deterioro”.

Multas desde 200 hasta 6.000 euros por tener el carnet caducado

Conducir con el carnet de conducir caducado es una infracción grave sancionada con una multa de 200 euros, independientemente del tiempo que haya pasado desde su vencimiento. Además, en caso de accidente, las aseguradoras pueden negarse a cubrir los daños, ya que el conductor no está legalmente autorizado para circular. Aunque la sanción habitual es de 200 euros, en situaciones más graves, donde se pone en riesgo serio la seguridad vial por ejemplo, las multas podrían llegar hasta los 6.000 euros, según lo establecido en la Ley de Tráfico.

Para evitar sanciones, es fundamental renovar el permiso antes de su fecha de caducidad, trámite que puede realizarse hasta tres meses antes en cualquier Centro de Reconocimiento de Conductores autorizado. Allí se debe superar un examen psicofísico que certifique que el conductor está en condiciones de seguir conduciendo, además de abonar la tasa correspondiente a la DGT (24,58 euros en 2023) y el coste del reconocimiento médico, que varía según el centro. Hasta que se complete este proceso, no se puede conducir legalmente.

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