El Tribunal Supremo ha aclarado que el hecho de que el propietario de una vivienda corte o deje de pagar suministros como la luz o el agua, cuando es otra persona la que ocupa el inmueble, no siempre se puede considerar un delito de coacciones. Que lo sea o no, depende de las circunstancias en las que se produzca, pero sobre todo de si la persona que la ocupa tiene algún derecho para permanecer en él o se trata de una ocupación ilegal.
Así lo señala el Pleno de la Sala de lo Penal en una sentencia en la que confirma la condena a nueve meses de prisión a un hombre que canceló la luz de la vivienda familiar en la que seguía viviendo su mujer durante el proceso de divorcio. Según informa el Poder Judicial, lo hizo sin previo aviso y con la intención de obligarla a abandonar el domicilio.
En este caso, dar de baja el contrato se considera un acto de fuerza que sería equivalente a cortar los cables, porque la intención era privar a la mujer de un servicio esencial con la intención de presionarla para que se fuera de la casa.
No es lo mismo un ocupante con derecho que una persona sin título
El Supremo advierte de que esta conclusión no puede aplicarse “de manera automática o acrítica” a todos los casos de corte de suministros. Y es que no es lo mismo actuar contra una persona que tiene un título legítimo, aparente o discutido para usar la vivienda que hacerlo frente a quien ha entrado en ella sin permiso y sin ningún derecho que lo ampare.
En el caso de la esposa, vivir en la casa no suponía un acto ilegítimo, por este motivo, aunque el contrato estuviera a nombre del marido, no le daba el derecho de cancelarlo de manera unilateral.
Cuando se trata de un inmueble ocupado de manera ilegal, esta interpretación cambia y la Sala explica que cuando el inmueble está siendo utilizado por una persona que no tenga ningún título y haya accedido a él de manera ilegítima, cortar la luz y el agua no sería considerado un delito de coacciones.
El Supremo señala que no se puede obligar al propietario de una vivienda a mantener y pagar los suministros de alguien que está ocupando su casa sin derecho, ya que esto podría incluso suponer un enriquecimiento injusto del okupa, que además de beneficiarse de estar viviendo en la casa, también lo haría de disfrutar de la luz, el agua o el gas a costa del dueño.

