El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) entiende que los mayores de 52 años que se encuentran desempleados tienen derecho a cobrar una ayuda económica para no entrar en una situación de vulnerabilidad. Se trata del subsidio para mayores de 52 años y es el único que cotiza para la pensión de jubilación una vez que se haya agotado la prestación contributiva por desempleo (paro). Sin embargo, no será el único requisito para ser beneficiario.
Los subsidios por desempleo tienen una duración determinada de seis meses, aunque dependiendo de la modalidad, se extienden por un mayor o menor tiempo. Además, son ayudas no contributivas, es decir, no cotizan para el momento en que se produzca el retiro laboral. Esto hace que esta prestación del SEPE sea una de las más atractivas y completas a las que se pueden acoger los parados.
Requisitos para cobrar el subsidio para personas desempleadas mayores de 52 años
Desde la administración pública de empleo son claros en cuanto a las condiciones que tienen que demostrar los futuros subsidiarios. En un primer lugar habrá que demostrar que se encuentra desempleado y que se ha agotado por completo la duración del paro. Sin embargo, no será el único, y se deberá cumplir con los siguientes:
- Estar en desempleo o en una situación legal de desempleo.
- Figurar inscrito como demandante de empleo durante todo el tiempo en el que se cobre la ayuda.
- Demostrar que se tienen cotizados 15 años en alguno de los regímenes contributivos de la Seguridad Social, dos de los cuales deberán estar en los últimos 15 años antes de cobrar el subsidio.
- Estar en búsqueda activa de empleo y suscribir el compromiso de actividad. No se podrá rechazar formar parte de programas de formación y de búsqueda de trabajo.
Y el último, pero de los más importantes: demostrar una clara carencia de rentas. Según se tiene estipulado en la administración pública de trabajo, las rentas mensuales nunca deberán ser superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), es decir, que nunca podrán ser superiores a los 750 euros mensuales.
Cómo cotiza el subsidio para mayores de 52 años para la pensión
Tal y como se ha mencionado, el subsidio para mayores de 52 años es el único que cotiza para la pensión de jubilación. Razón de más por la que muchos se preguntan cómo cotiza y por qué base.
Según se recoge en la normativa legal del SEPE, su aportación al sistema contributivo español va a corresponder con el 125% de la base mínima de cotización. En este 2022, esa cifra se sitúa en los 1.166,60 euros mensuales, por lo que si se estima que el subsidio tiene una cuantía aproximada de 460 euros al mes, los subsidiarios cotizarán para su jubilación por una base de 1.458,37 euros mensuales. Pero, ¿cuál es la cuantía exacta a cobrar?
Cuantía y cómo se renueva
No hay mucho misterio porque es el mismo importe para todos los beneficiarios, sin importar la modalidad que se trate. En este caso, las personas que cobren el subsidio para mayores de 52 años van a cobrar 463,21 euros mensuales. Esto es así porque los Presupuestos Generales del Estado fijan que sea el 80% del Impuesto Público de Rentas de Efectos Múltiples (IPREM).
En cuanto a la duración, ya se sabe que será indefinida hasta que se obtenga un nuevo empleo o hasta que se tenga derecho a cobrar la pensión de jubilación. Aunque una duda recurrente es cada cuanto se renueva, porque esta es otra característica que lo diferencia del resto de subsidios.
Si la mayoría de ellos lo hacen cada seis meses, el específico para los mayores de 52 años lo hace cada año mediante la presentación de la Declaración Anual de Rentas. Este es un documento acreditativo donde se demuestra que no se han superado los 750 euros mensuales y, por tanto, que se sigue cumpliendo con los requisitos.
? Los beneficiarios del subsidio de mayores 52 años deberán presentar cada año una declaración d sus rentas acompañada de la documentación que las justifique
— SEPE (@empleo_SEPE) September 4, 2022
Te informamos ? https://t.co/eSXYqiU5hK
Puedes presentar tu DAR a través de PRE-SOLICITUD ? https://t.co/Al7R1uW49q pic.twitter.com/FE0zem31Dd
Se debe presentar al año en la fecha que se comenzó a cobrar la ayuda o cuando se renovó por última vez. Para ello, el interesado tendrá disponible un periodo de 15 días y podrá realizar el trámite a través de Internet, por teléfono o acudiendo a alguna de las oficinas de empleo. En caso de no presentarse, se podrá suspender o, incluso, perder.
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