
El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) va a permitir que los trabajadores eventuales de campo cobren una prestación por desempleo específica para ellos, la Renta Agraria. Tras el anuncio del Gobierno de que todas las prestaciones van a subir en torno a un 3,6% de cara al 2023, se sabe que van a cobrar hasta 642 euros. Por lo que habrá que explicar de cuánto van a ser los importes a recibir y durante cuánto tiempo.
Específicamente, esta ayuda va destinada a todos los jornaleros que ejerzan su trabajo en el campo de Andalucía y Extremadura y cotizan en un régimen específico de la Seguridad Social, el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios.
Debido a la estacionalidad de las campañas en el sector hortofrutícola, la administración pública de empleo (INEM SEPE) les va a permitir cobrar esta prestación. Además, para que el proceso de solicitud sea más sencillo, van a poder realizar el trámite en Internet a través de la Sede Electrónica de dicho organismo.
Cuantía de la renta agraria en 2023
Ya se conocen los nuevos Presupuestos Generales del Estado 2023 (PGE), donde se refleja que el IPREM va a subir hasta los 600 euros. Como este indicador es el que mide el nivel de rentas para el acceso a las prestaciones, se entiende que el importe de la Renta Agraria va a subir un 3,6%, al igual que él.
La cuantía se fijará en función de las jornadas reales trabajadas y el IPREM mensual que haya vigente (600 euros en 2023). Por tanto, las cuantías para 2023 quedarán definidas de la siguiente forma:
- De 35 a 64 jornadas trabajadas, se cobrarán 480 euros. (80%)
- De 65 a 94 jornadas trabajadas, se cobrarán 510 euros. (85%)
- De 95 a 124 jornadas trabajadas, se cobrarán 546 euros. (91%)
- De 125 a 154 jornadas trabajadas, se cobrarán 576 euros. (96%)
- De 155 a 179 jornadas trabajadas, se cobrarán 606 euros. (101%)
- Desde 180 jornadas trabajadas, se cobrarán 642 euros. (107%)
Duración según la edad y las cargas familiares
Tal y como se recoge en la plataforma web del SEPE, el máximo de tiempo que se va a poder percibir al mes se calcula "restando a 30 en número de días trabajados o percibidos de prestación por incapacidad temporal, maternidad o paternidad".
Y es que la duración va a depender realmente del trabajador que solicite la Renta Agraria, de las responsabilidades familiares y del número de jornadas reales trabajadas en el año anterior a la situación de desempleo. De esta forma se deduce que el tiempo al que tendrá derecho de cobro se establece de la siguiente forma:
Cuando se tienen cargas familiares
- De 16 a 24 años, durante 180 días.
- De 25 a 51 años, durante 180 días.
- De 52 años o más, durante 300 días.
Cuando no se tienen cargas familiares
- De 16 a 24 años, 3 o 4 días de renta por día trabajado hasta un máximo de 180 días.
- De 25 a 51 años, hasta 180 días.
- De 52 años o más, hasta 300 días.
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