
La reducción de la jornada laboral a 37,5 horas se llevará a cabo finalmente en 2025. Según anunció la semana pasada la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, estiman un plazo de entre 5 o 6 meses para su implantación, por lo que se espera que quede implementada antes del próximo verano. Además de dicha rebaja, esta norma traerá consigo otras medidas muy importantes para los trabajadores, que son el nuevo registro horario y el derecho a la desconexión digital.
¿En qué consiste este nuevo registro? El cambio, realmente, será muy notorio, y es que próximamente ya no será posible fichar “a la vieja usanza”, firmando el clásico cuadrante que se puede encontrar en muchas empresas. Cuando se apruebe la reducción de jornada, será obligatorio contar con un registro interoperable. Esto es, todos tendrán que ser digitales y permitir el acceso remoto de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
Tal como se recoge en el texto que se sacó a consulta pública en noviembre, y que ya ha finalizado, se persigue un “sistema de registro de jornada realmente eficaz, presidido por los principios de objetividad, fiabilidad y accesibilidad e interoperabilidad” y que “sea accesible a cada persona trabajadora de modo automático y a la representación de las personas trabajadoras y a la ITSS (en estos dos últimos casos también de modo remoto)”.
De ese modo, los trabajadores, sus representantes, así como la Inspección de Trabajo, podrán acceder en cualquier momento a dichos registros. Un cambio que se lleva a cabo para garantizar el cumplimiento efectivo de la reducción de jornada. La iniciativa, no obstante, no ha sido bien acogida por los empresarios, que han calificado este punto de la normativa como “dinamita” por el cambio legislativo que supondrá respecto a las sanciones por incumplimiento (se verán incrementadas).
Cuánto entrará en vigor el nuevo registro horario
El Ministerio de Trabajo no ha comunicado ninguna fecha exacta pero, hace unos meses, se filtró un borrador de la norma donde se establecía que el nuevo registro horario se implantaría en un plazo de seis meses desde la entrada en vigor de la reducción de jornada. De ese modo, atendiendo a los plazos que barajó Yolanda Díaz, podría entrar en diciembre de 2025.
Mayores multas por incumplir el registro horario
En último lugar, el Ministerio de Trabajo va a endurecer las sanciones actuales por los incumplimientos en materia de registro horario. Por un lado, las multas ahora serán por cada trabajador con el que se ha incumplido la ley y no por empresa (como ocurre en la actualidad).
Y, por otro lado, se van a aumentar las cuantías de las sanciones. Actualmente, las multas por incumplir el registro horario (recogidas en la LISOS) se encuentran entre los 751 y 7.500 euros. Una vez se apruebe la reducción de jornada, según el mismo borrador que se filtró y que no ha sido confirmado por el Gobierno, se prevé que estas pasen a estar entre los 1.000 y 2.000 euros en su grado mínimo; entre los 2.001 y 5.000 euros en su grado medio; y entre 5.001 y 10.000 euros en su grado máximo.
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