El Ministerio de Trabajo ha convocado para este mismo martes una reunión con los sindicatos para negociar la subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) en 2023. A la misma estaba invitada la patronal, pero han dado plantón a Trabajo en el último minuto. La CEOE, principal organización empresarial del país, no asistirá alegando que “no se dan las condiciones”.
Al parecer, no habrían recibido respuesta por parte del Gobierno de España a su propuesta formal para subir el SMI un 4%, hasta los 1.040 euros brutos mensuales, repartidos en 14 pagas. La reunión, que se celebrará este 31 de enero a las 11.00 horas, estará presidida por el secretario de Estado de Empleo, Joaquín Pérez Rey, que buscará la negociación con los distintos agentes implicados, con frentes abiertos incluso dentro del Gobierno de coalición.
Por un lado, la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, está a favor de la subida del salario mínimo “hacia el tramo más alto”, incrementándolo un 8,2%. Por su parte, la vicepresidenta primera del Gobierno y ministra de Asuntos Económicos, Nadia Calviño, alega por un "buen equilibrio” dentro de la horquilla del 4,6% al 8,2% recomendada por los expertos. Entonces, ¿cuánto subirá el SMI en 2023?
Subida del Salario Mínimo Interprofesional en 2023
En el mejor de los casos, Yolanda Díaz pretende subir el Salario Mínimo Interprofesional hasta los 1.082 euros brutos al mes, repartidos en 14 pagas. De no conseguirlo, se quedaría fijado previsiblemente en los 1.046 euros. De ese modo, los sueldos subirían este año entre 46 y 82 euros mensuales. No obstante, el Ejecutivo sí busca un objetivo común: que la subida alcance el 60% del salario medio español en 2023.
Otro apunte importante es que, una vez que se apruebe el SMI, tendrá carácter retroactivo desde el 1 de enero. Esto es, aunque se apruebe en febrero o en los próximos meses, las empresas tendrán que aplicar la subida desde dicha fecha, abonando la cuantía que corresponda en la nómina. A finales de 2022, Díaz tanteó también la posibilidad de realizar una revisión de esta renta, en función de cómo se comporte la inflación.
Hay que recordar que esta reunión llega justo después de conocerse el dato adelantado del IPC de enero, que ha subido una décima frente al mes anterior, situándose en el 5,8%. La inflación subyacente, que elimina de sus cálculos los factores más volátiles como la electricidad, sigue su camino y también escala hasta el 7,5%, la cifra más alta desde diciembre de 1986.
A qué trabajadores afectará la subida del SMI
Si el Salario Mínimo Interprofesional se fija en los 1.046 euros brutos mensuales, repartidos en 14 pagas, afectará a todos los trabajadores que cobren menos de 14.644 euros mensuales al año con contratos a jornada completa. En caso de que la subida fuera hasta los 1.082 euros, afectaría a todos aquellos con sueldos anuales por debajo de los 15.148 euros.
Tal como establece el artículo 27 del Estatuto de los Trabajadores, no importa si se tienen las pagas extras prorrateadas o no: si en el cómputo anual, se cobra menos que lo establecido en el SMI (hay que multiplicar la cuantía fijada por 14), la subida provocará un aumento de su salario. Si se trabajase en a jornada parcial, habría que hacer los cálculos proporcionales.
Por este motivo, siempre se dice que el colectivo más beneficiado son aquellos que no tienen un convenio colectivo de aplicación, como es el caso de las empleadas del hogar, a no ser que tengan pactado con la empresa un sueldo superior. Asimismo, la subida del SMI también afectaría a todos los beneficiarios de los subsidios por desempleo del Servico Público de Empleo Estatal, ya que uno de los requisitos del SEPE para cobrar estas ayudas es carecer de rentas superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional.
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