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Sergio Sánchez, asesor financiero: “600 euros de diferencia de jubilarte del 30 al 31”

En el caso de diciembre la diferencia sería del doble. El experto asesor financiero aclara cuál es el mejor día del mes para jubilarse y no perder dinero.


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Sergio Sánchez, asesor financiero |Instagram @sergio_asesor_fiscal
Francisco Miralles
Fecha de actualización:

La pensión de jubilación resulta, en la mayoría de los casos, la principal fuente de ingresos. Por esta razón, todos los trabajadores quieren que al llegar a su edad de jubilación y solicitarla a la Seguridad Social, la cuantía sea lo más alta posible. Ahora, lo que poca gente sabe es que, dependiendo del mes, la cuantía puede variar por el denominado efecto inflación y las pagas extras.

Precisamente, en este contexto, el asesor financiero Sergio Sánchez ha explicado en sus redes sociales y publicaciones que la elección del día exacto de jubilación puede suponer una diferencia económica en la pensión inicial y las pagas extraordinarias, llegando a variar en hasta 600 euros por un solo día de diferencia. Según detalla, jubilarse el 30 o el 31 de diciembre no es lo mismo, ya que influye en la revalorización del IPC y en el cálculo de las pagas extras.

El experto en finanzas, no solo es tajante al señalar el impacto de esta decisión, sino que además explica por qué adelantar la jubilación un solo día puede traducirse en una pensión más elevada y un mejor aprovechamiento de las pagas extraordinarias.

Hasta 600 euros de diferencia en la pensión

En este sentido, Sergio Sánchez ha señalado que “la fecha exacta de jubilación puede influir en la cantidad de dinero que un pensionista recibe, con una diferencia que puede oscilar entre 500 y 600 euros”. En particular, destaca que “jubilarse el 30 o el 31 de diciembre no es lo mismo”, ya que esto afecta directamente tanto a la revalorización de la pensión por el IPC como a las pagas extraordinarias. Aunque “la jubilación en cualquier otro día del mes no tiene un impacto similar”, elegir entre estos dos días puede marcar “una notable diferencia económica”.

Por otro lado, explica que “si una persona se jubila el 31 de diciembre, su pensión entra en vigor el 1 de enero del año siguiente y, por tanto, no se beneficia de la revalorización del IPC hasta el año posterior”. Aunque aclara que “si la jubilación se produce el 30 de diciembre, el efecto se da el 31 de ese mismo mes, lo que permite que, al día siguiente, ya se aplique la subida correspondiente del IPC”. Para entenderlo mejor pone el siguiente ejemplo, si en 2024, el IPC fue del 2,8%, lo que para una pensión sería de 2.500 euros, supondría un aumento de 70 euros mensuales.

También afecta a las pagas extraordinarias

Además, recalca que “las pagas extras también se ven afectadas por la elección de la fecha de jubilación”. Recuerda que todas las pensiones tienen derecho a dos pagas extraordinarias al año: “la de junio, que se calcula desde diciembre hasta mayo, y la de noviembre, que se devenga de junio a noviembre”.

En este sentido explica, que si alguien se jubila el 30 de diciembre, “la Seguridad Social computa el mes completo y, por tanto, tiene derecho a la paga extra íntegra”. Ahora, añade que, “si la jubilación se produce el 31 de diciembre, la pensión entra en vigor en enero y diciembre no se incluye en el cálculo de la paga extra”, lo que reduce el importe total a “cinco sextos de la misma”. Así, “un solo día de diferencia puede traducirse en una notable pérdida de ingresos”.

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