
Al jubilarse, la pensión de jubilación de los trabajadores de Mercadona se calcula en función del total de años trabajados y de las bases de cotización de los últimos 25 años, siempre que se respete la edad ordinaria de jubilación legal. Es decir, el método de cálculo es el mismo que utiliza la Seguridad Social para el resto de trabajadores por cuenta ajena en el Régimen General.
Todos los empleados de Mercadona cotizan y trabajan bajo dicho régimen, por lo que acceden a los mismos beneficios, ya que su convenio colectivo no contempla ninguna ventaja que, por ejemplo, permita reducir la edad ordinaria de jubilación o que premie las largas carreras de cotización.
De esta forma, y conforme a la Ley 27/2011, en 2025 la edad de jubilación de los empleados de Mercadona se situará en los 66 años y 8 meses, salvo que cuenten con 38 años y tres meses cotizados, que en tal caso la edad se situará en los 65 años. Ahora, la ley permite que estos trabajadores puedan adelantar su edad ordinaria de jubilación de manera voluntaria hasta 2 años con respecto a la edad ordinaria. Ahora, lo mismo que se puede adelantar, también hay que saber que la Seguridad Social aplicará un recorte sobre la cuantía.
Cómo se calcula la pensión de un empleado de Mercadona
Para calcular la cuantía de la pensión lo primero es calcular la base reguladora que será mayor o menor en función de las bases de cotización y sobre esta, aplicar unos porcentajes que varían según los años cotizados. Para obtener la base reguladora, habrá que coger las bases de cotización de los últimos 25 años, que son las 300 últimas bases y dividirlas entre 350.
Sobre esta base reguladora, la Seguridad Social aplica un coeficiente a las bases de cotización de todos los meses, salvo los correspondientes a los dos últimos años, con el objetivo de reflejar el efecto de la inflación. Los trabajadores de Mercadona pueden aplicar la integración de lagunas, un mecanismo para rellenar, mediante bases ficticias de cotización, los periodos sin cotizar.
Una vez calculada la base reguladora, es necesario determinar qué porcentaje de dicha base corresponde al trabajador. Este porcentaje dependerá de los meses y años trabajados a lo largo de su vida laboral, independientemente de si ha trabajado exclusivamente en Mercadona o en otras empresas.
Qué porcentaje de pensión le queda a un trabajador de Mercadona
Los empleados de Mercadona que cuenten con 15 años cotizados tendrán derecho a percibir el 50% de su base reguladora. Si el empleado ha cotizado más de 15 años, irá garantizándose mayores porcentajes de la base reguladora:
- Por cada uno de los siguientes 49 meses se concede un 0,21% extra de la base reguladora.
- Por cada uno de los siguientes 209 meses se concede un 0,19% extra de la base reguladora.
De esta forma, los trabajadores de Mercadona que hayan acreditado 36 años y 6 meses cotizado tendrán derecho al 100% de la base reguladora. Ahora, hay que tener claro que cobrar el 100% no significa cobrar la pensión máxima. La pensión máxima está fijada en 2025 en los 3.267,60 euros mensuales y 45.746,40 euros anuales, mientras que el 100% de la pensión es la cuantía obtenida de la base reguladora, tal y como refleja el Real Decreto 35/2025, de 21 de enero.
Por otro lado, si la pensión resultante es inferior a las cuantías mínimas (según las establecidas para 2025), se podrá complementar mediante la aplicación del complemento por mínimos. En caso de haber cotizado menos de 15 años, el trabajador podrá acceder a la pensión no contributiva de jubilación, aunque cabe destacar que, según la Constitución Española, no se establece una edad máxima para dejar de trabajar.
En esta tabla se puede consultar cuál sería la pensión de jubilación de un empleado de Mercadona en función de su base reguladora.
Años Cotizados | Porcentaje Base Reg. | Base 1.600 € | Base 1.800 € | Base 2.000 € | Base 2.200 € | Base 2.400 € | Base 2.600 € |
---|---|---|---|---|---|---|---|
15 años | 50,00% | 800,00 € | 900,00 € | 1.000,00 € | 1.100,00 € | 1.200,00 € | 1.300,00 € |
16 años | 52,52% | 840,32 € | 945,36 € | 1.050,40 € | 1.155,44 € | 1.260,48 € | 1.365,52 € |
17 años | 55,04% | 880,64 € | 990,72 € | 1.100,80 € | 1.210,88 € | 1.320,96 € | 1.431,04 € |
18 años | 57,56% | 920,96 € | 1.036,08 € | 1.151,20 € | 1.266,32 € | 1.381,44 € | 1.496,56 € |
19 años | 60,08% | 961,28 € | 1.081,44 € | 1.201,60 € | 1.321,76 € | 1.441,92 € | 1.562,08 € |
20 años | 62,38% | 998,08 € | 1.122,84 € | 1.247,60 € | 1.372,36 € | 1.497,12 € | 1.621,88 € |
21 años | 64,66% | 1.034,56 € | 1.163,88 € | 1.293,20 € | 1.422,52 € | 1.551,84 € | 1.681,16 € |
22 años | 66,94% | 1.071,04 € | 1.204,92 € | 1.338,80 € | 1.472,68 € | 1.606,56 € | 1.740,44 € |
23 años | 69,22% | 1.107,52 € | 1.245,96 € | 1.384,40 € | 1.522,84 € | 1.661,28 € | 1.799,72 € |
24 años | 71,50% | 1.144,00 € | 1.287,00 € | 1.430,00 € | 1.573,00 € | 1.716,00 € | 1.859,00 € |
25 años | 73,78% | 1.180,48 € | 1.328,04 € | 1.475,60 € | 1.623,16 € | 1.770,72 € | 1.918,28 € |
26 años | 76,06% | 1.216,96 € | 1.369,08 € | 1.521,20 € | 1.673,32 € | 1.825,44 € | 1.977,56 € |
27 años | 78,34% | 1.253,44 € | 1.410,12 € | 1.566,80 € | 1.723,48 € | 1.880,16 € | 2.036,84 € |
28 años | 80,62% | 1.289,92 € | 1.451,16 € | 1.612,40 € | 1.773,64 € | 1.934,88 € | 2.096,12 € |
29 años | 82,90% | 1.326,40 € | 1.492,20 € | 1.658,00 € | 1.823,80 € | 1.989,60 € | 2.155,40 € |
30 años | 85,18% | 1.362,88 € | 1.533,24 € | 1.703,60 € | 1.873,96 € | 2.044,32 € | 2.214,68 € |
31 años | 87,46% | 1.399,36 € | 1.574,28 € | 1.749,20 € | 1.924,12 € | 2.099,04 € | 2.273,96 € |
32 años | 89,74% | 1.435,84 € | 1.615,32 € | 1.794,80 € | 1.974,28 € | 2.153,76 € | 2.333,24 € |
33 años | 92,02% | 1.472,32 € | 1.656,36 € | 1.840,40 € | 2.024,44 € | 2.208,48 € | 2.392,52 € |
34 años | 94,30% | 1.508,80 € | 1.697,40 € | 1.886,00 € | 2.074,60 € | 2.263,20 € | 2.451,80 € |
35 años | 96,58% | 1.545,28 € | 1.738,44 € | 1.931,60 € | 2.124,76 € | 2.317,92 € | 2.511,08 € |
36 años y seis meses o más | 100,00% | 1.600,00 € | 1.800,00 € | 2.000,00 € | 2.200,00 € | 2.400,00 € | 2.600,00 € |
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