La Seguridad Social dejará de aplicar la subida adicional del 10% al complemento para la reducción de la brecha de género en las pensiones a partir de 2026. Esto se debe a que la medida, diseñada para corregir la diferencias entre las pensiones entre hombres y mujeres, tenía previsto un periodo que iba de 2024 a 2025. De esta forma, a partir del próximo año, este complemento económico se actualizará conforme al IPC medio, al igual que el resto de las pensiones contributivas.
Así, esta normativa pone fin a la "revalorización doble" que han experimentado los pensionistas con derecho al complemento por brecha de género en los dos últimos años, donde al IPC anual se le sumaba un 10% extra para mejorar las cuantías ya existentes.
Esta limitación temporal se encuentra regulada en la Disposición transitoria primera del Real Decreto-ley 2/2023 (que se puede consultar en este BOE), la cual estableció literalmente que el incremento adicional del 10% se distribuiría exclusivamente "entre ambos ejercicios" (2024 y 2025). Por tanto, salvo que por parte del Gobierno hagan una modificación, en 2026 el complemento perderá ese impulso extra y su crecimiento se moderará, ligándose estrictamente al coste de la vida según lo estipulado en el artículo 58 de la Ley General de la Seguridad Social, que recordemos es el que establece la revalorización de las pensiones y prestaciones.
Hay que saber y entender que esto no significa que el complemento ya se quede congelado y no vaya a subir, lo hará, pero al ritmo que le corresponde conforme años anteriores. De esta forma, el complemento por hijo en la pensión no perderá poder adquisitivo.
Cómo quedará la cuantía y quiénes son los beneficiarios
La cuantía del complemento para la reducción por brecha de género es de 35,90 euros mensuales por cada hijo o hija hasta un máximo de cuatro veces dicho importe (143,60 euros al mes). Este lo pueden cobrar los pensionistas que cobren una pensión contributiva, es decir que además de la jubilación, lo pueden cobrar las de incapacidad permanente o viudedad.
Este complemento se cobra en catorce pagas por lo que se tiene derecho a dos pagas extraordinarias en Navidad (noviembre) y junio y no computa para el límite de la pensión máxima ni para el cálculo de complementos a mínimos.
Cuánto subirá el complemento a mínimos en 2026
Según expertos como BBVA o FUNCAS, se espera que las pensiones medias crezcan en torno a un 2,6%. Sabiendo esto podemos saber más o menos de forma aproximada cuándo subirá el complemento a mínimos para 2026,
| Número de hijos | Cuantía mensual 2025 | Cuantía anual 2025 | Cuantía mensual 2026 | Cuantía anual 2026 |
|---|---|---|---|---|
| 1 | 35,90 € | 502,60 € | 36,83 € | 515,62 € |
| 2 | 71,80 € | 1.005,20 € | 73,66 € | 1.031,24 € |
| 3 | 107,70 € | 1.507,80 € | 110,50 € | 1.547,00 € |
| 4 | 143,60 € | 2.010,40 € | 147,33 € | 2.062,62 € |
Aun así para entenderlo mejor vamos a poner un ejemplo. En 2025, María percibe por este concepto 71,80 euros al mes (35,90 € x 2 hijos). Si para 2026, preve la revalorización del 2,6%, la revalorización de su complemento sufriría un cambio drástico de criterio respecto a los años anteriores:
- Escenario con la norma anterior (2024-2025): Si siguiera vigente la mejora temporal del Real Decreto-ley 2/2023 , a la inflación del 2,6% se le sumaría el extra del 10%, resultando en una subida total del 12,6%. Su complemento habría ascendido a unos 80,85 €.
- Escenario real para 2026: Al finalizar la vigencia de la Disposición transitoria primera, se le aplicará estrictamente lo estipulado en el artículo 58.2 de la Ley General de la Seguridad Social: solo el 2,6% del IPC estimado.
Por tanto, su complemento pasará de 71,80 € a aproximadamente 73,67 € mensuales en 2026.

