Las pensiones contributivas subirán un 2,8% a partir del 1 de enero de 2025. Esto se conoce tras publicar el Instituto Nacional de Estadística (INE) el dato del IPC de noviembre, situado en el 2,4%. Así y de acuerdo con la normativa vigente, estas pensiones se revalorizan en función del IPC medio anual comprendido entre diciembre de 2023 y noviembre de 2024. La subida será efectiva desde el 1 de enero, teniendo en cuenta que las pensiones mínimas y las no contributivas lo harán por encima de dicho valor.
De esta forma, y según los últimos datos publicados por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, la pensión media total (que engloba las de jubilación, incapacidad permanente, viudedad y orfandad), fijada en 1.260,93 euros mensuales, aumentará en 35,30 euros, situándose en 1.296,23 euros mensuales.
En cuanto a la pensión media de jubilación, actualmente establecida en 1.448,77 euros mensuales, esta subirá en 40,56 euros el próximo año, alcanzando una cuantía de 1.489,33 euros mensuales o 20.850,69 euros anuales.
En el caso de la pensión de incapacidad permanente, esta aumentará en 32,63 euros, pasando de 1.165,60 euros a 1.198,24 euros mensuales. Por su parte, la pensión media de viudedad subirá en 25,16 euros, pasando de 898,82 euros a 923,98 euros mensuales.
En cuanto a la pensión de orfandad, esta experimentará un incremento de 14,09 euros, pasando de 503,30 euros a 517,39 euros mensuales. Finalmente, la prestación en favor de familiares aumentará en 20,85 euros, pasando de 744,90 euros a 765,75 euros mensuales.
Régimen | Jubilación en 2024 | Jubilación en 2025 | Incremento | Incapacidad permanente en 2024 | Incapacidad permanente en 2025 | Incremento | Viudedad en 2024 | Viudedad en 2025 | Incremento | Orfandad en 2024 | Orfandad en 2025 | Incremento | En favor de familiares 2024 | En favor de familiares 2025 | Incremento |
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
Total sistema | 1.448,77 € | 1.489,33 € | 40,57 € | 1.165,60 € | 1.198,23 € | 32,64 € | 898,82 € | 923,98 € | 25,17 € | 503,30 € | 517,39 € | 14,09 € | 744,90 € | 765,76 € | 20,86 € |
General | 1.606,56 € | 1.651,54 € | 44,98 € | 1.185,99 € | 1.219,20 € | 33,21 € | 955,75 € | 982,52 € | 26,76 € | 517,65 € | 532,15 € | 14,49 € | 775,93 € | 797,65 € | 21,73 € |
Trabajadores autónomos | 966,76 € | 993,83 € | 27,07 € | 889,55 € | 914,46 € | 24,91 € | 650,58 € | 668,80 € | 18,22 € | 413,29 € | 424,86 € | 11,57 € | 568,48 € | 584,39 € | 15,92 € |
Trabajadores del mar | 1.604,24 € | 1.649,15 € | 44,92 € | 1.192,25 € | 1.225,64 € | 33,38 € | 888,70 € | 913,59 € | 24,88 € | 621,14 € | 638,54 € | 17,39 € | 796,20 € | 818,50 € | 22,29 € |
Minería del carbón | 2.810,60 € | 2.889,30 € | 78,70 € | 1.950,97 € | 2.005,60 € | 54,63 € | 1.348,87 € | 1.386,64 € | 37,77 € | 937,91 € | 964,17 € | 26,26 € | 1.240,13 € | 1.274,86 € | 34,72 € |
Accidentes de trabajo | 1.520,51 € | 1.563,08 € | 42,57 € | 1.340,54 € | 1.378,07 € | 37,54 € | 1.090,20 € | 1.120,73 € | 30,53 € | 508,83 € | 523,07 € | 14,25 € | 1.100,24 € | 1.131,04 € | 30,81 € |
Enfermedades profesionales | 1.914,04 € | 1.967,64 € | 53,59 € | 1.286,00 € | 1.322,00 € | 36,01 € | 1.458,91 € | 1.499,76 € | 40,85 € | 966,74 € | 993,81 € | 27,07 € | 1.482,09 € | 1.523,59 € | 41,50 € |
SOVI | 473,90 € | 487,17 € | 13,27 € | 493,86 € | 507,68 € | 13,83 € |
Subida de las pensiones máximas y mínimas
En cuanto a las pensiones máximas y mínimas, estas crecerán por encima de la inflación media, tal y como establece la segunda reforma de las pensiones. De esta forma, la pensión máxima se revalorizará conforme a la evolución del IPC anual, más un incremento adicional del 0,115% anual.
Actualmente, la pensión máxima está fijada en 3.175,04 euros mensuales, lo que equivale a 44.450,56 euros anuales en catorce pagas, por lo que, y según los datos definitivos del IPC, esta cantidad se incrementará hasta los 3.267 euros mensuales o 45.725 euros anuales en 2025.
Las pensiones mínimas recibirán un incremento adicional más allá de la revalorización general vinculada al IPC. Este aumento específico tiene como objetivo mejorar las condiciones de los pensionistas con menores ingresos, en consonancia con las recomendaciones del Pacto de Toledo y la disposición adicional quincuagésima tercera de la Ley General de la Seguridad Social.
No obstante, aunque es posible hacer un esbozo de cómo podrían subir las pensiones mínimas, es importante señalar que estos datos aún no son definitivos, aunque sí orientativos.
Teniendo esto en cuenta, se estima que las pensiones mínimas podrían incrementarse de la siguiente manera:
Pensiones de jubilación
-
Titular con 65 años o más:
- Con cónyuge a cargo: 1.127,20 €/mes.
- Con cónyuge no a cargo: 829,70 €/mes.
- Sin cónyuge (unipersonal): 874,10 €/mes.
-
Titular menor de 65 años:
- Con cónyuge a cargo: 1.127,20 €/mes.
- Con cónyuge no a cargo: 772,90 €/mes.
- Sin cónyuge (unipersonal): 817,70 €/mes.
-
Gran invalidez (65 años):
- Con cónyuge a cargo: 1.690,70 €/mes.
- Con cónyuge no a cargo: 1.244,50 €/mes.
- Sin cónyuge (unipersonal): 1.311,10 €/mes.
Incapacidad permanente
-
Gran invalidez:
- Con cónyuge a cargo: 1.690,70 €/mes.
- Con cónyuge no a cargo: 1.244,50 €/mes.
- Sin cónyuge (unipersonal): 1.311,10 €/mes.
-
Incapacidad absoluta:
- Con cónyuge a cargo: 1.127,20 €/.
- Con cónyuge no a cargo: 829,70 €/mes.
- Sin cónyuge (unipersonal): 874,10 €/mes.
-
Entre 60 y 64 años:
- Con cónyuge a cargo: 1.127,20 €/mes).
- Con cónyuge no a cargo: 772,90 €/mes.
- Sin cónyuge (unipersonal): 817,70 €/mes.
-
Menores de 60 años (enfermedad común)
- Con cónyuge a cargo: 644,30 €/mes.
- Con cónyuge no a cargo: 638,80 €/mes.
- Sin cónyuge (unipersonal): 644,30 €/mes.
Pensiones de viudedad
- Titular con cargas familiares: 1.127,20 €/mes.
- Titular con 65 años o discapacidad superior al 65%: 874,10 €/mes.
- Titular entre 60 y 64 años: 817,70 €/mes.
- Titular menor de 60 años sin cargas: 662,20 €/mes.
Pensiones de orfandad y a favor de familiares
- Orfandad: 267,40 €/mes.
- A favor de familiares: 267,40 €/mes.
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