La pensión media de jubilación sube hasta los 1.569,7 euros mensuales, aunque en la Minería del Carbón la cuantía media alcanza los 2.998,3 euros al mes.
El Tribunal Supremo aclara que las cotizaciones realizadas durante la suspensión de la jubilación deben computarse para recalcular la base reguladora de la pensión de viudedad, permitiendo a la beneficiaria optar por la más favorable.
Los beneficiarios de una pensión de viudedad que no tengan otras rentas podrán pasar del 52% al 60% de la base reguladora al cumplir 65 años, siempre que cumplan una serie de requisitos.
La Seguridad Social denegó la pensión al no cumplir con el registro formal, requisito obligatorio tal y como regula el artículo 221 de la Ley General de la Seguridad Social. La justicia da la razón al INSS rechazando flexibilidad pese a la convivencia y a los dos hijos en común.
El Tribunal da la razón a la pensionista y reduce la deuda a 2.606,52 euros, confirmando que el INSS no justificó el cálculo de la cantidad reclamada pese a que la mujer superaba el límite de ingresos.
La hija no comunicó al Instituto Nacional de la Seguridad Social, el fallecimiento de su madre, lo que permitió que se siguiera abonando la pensión durante más de 12 años.
El Alto Tribunal recuerda que volver a convivir tras la separación no basta para cobrar esta prestación si la reconciliación no se comunicó al juzgado, ya que en ese caso la situación legal sigue siendo la de separación matrimonial.
La Justicia explica que, en este caso excepcional para parejas de hecho, la ley impide cobrar la viudedad si el solicitante ya tiene reconocida otra pensión contributiva de la Seguridad Social.
Al empezar a cobrar una pensión especial de jubilación de la minería del carbón, la Seguridad Social detectó que era incompatible con la de viudedad y suspendió esta última.
El Tribunal Social del Estado de Hesse establece que comunicar la jubilación en el trámite equivocado no exime del deber de notificación, ya que las dos prestaciones tienen cuentas separadas y cada una exige notificación propia.
El Alto Tribunal explica que, a diferencia de otras ayudas asistenciales, tener descendencia en común no exime del requisito obligatorio de inscribir la pareja en un registro oficial con al menos dos años de antelación al fallecimiento para acceder a esta prestación de carácter contributivo.
El artículo 219 de la Ley General de la Seguridad Social permite elevar la cuantía hasta el 70% de la base reguladora para aquellos beneficiarios con cargas familiares que cumplan los límites de renta.
La Seguridad Social denegó la pensión al no cumplir con el registro formal es un requisito obligatorio tal y como regula el 221 de la Ley General de la Seguridad. La justicia da la razón rechazando flexibilidad pese a la convivencia.
En las Clases Pasivas, la viudedad se extingue “cuando el beneficiario contraiga matrimonio”, aunque la convivencia real no arranque hasta meses después por trámites de visado e inscripción.
El artículo 222 de la Ley General de la Seguridad Social contempla una "segunda oportunidad" para aquellos viudos y viudas que cumplen todos los requisitos menos el del tiempo de convivencia legal. Cobrarán la misma cuantía, pero con un límite de dos años.
El artículo 223 de la Ley General de la Seguridad Social establece que esta prestación es plenamente compatible con cualquier renta del trabajo, por lo que el beneficiario no sufrirá recortes ni perderá la paga al firmar un contrato laboral.
El Tribunal explica que la viuda ya convivía con su pareja antes del matrimonio, por lo que era injusto que la Seguridad Social denegará la pensión de viudedad.
El complemento a mínimos garantiza que las pensiones de viudedad alcancen la cuantía mínima; en el caso de no cumplir con los requisitos, esta puede ser retirada.
La Seguridad Social denegó la pensión de viudedad a la segunda esposa, con la que estuvo casada 35 años, porque el marido seguía legalmente unido a su primera mujer al no haberse divorciado tras su separación hace 50 años.
El tribunal explica que debe aplicarse la doctrina flexibilizadora del Supremo y reconocer la situación asimilada a la de alta, evitando así dejar desprotegida a la viuda por una aplicación excesivamente rigorista de la norma.
Pese a trabajar toda su vida, su pensión mínima no llega para vivir. Sumada a la de su marido, apenas alcanzan los 1.000 €, lejos de los 1.315 € oficiales.
La pensión máxima de viudedad en España para 2026 se sitúa en 47.034,40 euros brutos anuales, lo que equivale a 3.359,60 euros brutos al mes en 14 pagas.
El Tribunal Supremo ha corregido el criterio de que el camarote de un barco es un "domicilio particular" y establece que, para los marineros, el buque es centro de trabajo las 24 horas, activando la presunción de laboralidad del artículo 156.3 de la Ley General de la Seguridad Social.
El "complemento a mínimos" permite elevar el importe de las prestaciones más bajas hasta garantizar un umbral digno, siempre que los beneficiarios cumplan los nuevos límites de rentas fijados para 2026.
El tribunal explica que una prestación ya reconocida no puede verse afectada por requisitos legales posteriores, por lo que sí se puede cobrar ambas pensiones.
Aunque no existiera una condena penal firme contra su exmarido, pudo cobrarla por haber sido víctima de violencia de género, considerando el Supremo que existían indicios suficientes.
La pensión de jubilación media sube y llega a los 1.512,7 euros mensuales, mientras que la pensión de viudedad sigue contenida y se sitúa en los 937,6 euros al mes.
La pensión de viudedad con cargas familiares superará los 1.250 euros al mes tras la subida del 11,4%. La subida general del 2,7% se aplicará a todas las modalidades contributivas a partir del 1 de enero de 2026.
Las pensiones contributivas se revalorizarán un 2,7%, las mínimas un 7% a excepción de las mínimas con cónyuge a cargo, que será del 11,4%, al igual que las no contributivas y el Ingreso Mínimo Vital.
Esta mujer cobraba el 100% de la pensión de viudedad, pero tras una sentencia que reconoció a la primera esposa como beneficiaria por violencia de género, la Seguridad Social le reclama todo lo cobrado en exceso durante los últimos años.
La Seguridad Social abona las pensiones a mes vencido, es decir a partir del 1 de enero de 2026, pero bancos como CaixaBank, Santander o ING adelantarán el ingreso a partir del 24 de diciembre.
La Seguridad Social confirma que las que las pensiones contributiva se revalorizarán un 2,7% para 2026. Así quedaría la subida en función de la nómina.
El Tribunal Supremo le da la razón porque el artículo 8.3 del Real Decreto 1132/2002 establece que al ser una jubilación flexible, la viuda tiene derecho a optar por la base reguladora más alta sumando las nuevas cotizaciones.
Viuda, organizada y fiel a los pequeños placeres cotidianos, esta ex empleada municipal explica cómo consigue mantener un estilo de vida activo en una de las ciudades más caras del mundo.
La mujer no tenía la obligación de informar sobre la otra pensión generada por el mismo fallecido y la justicia responsabiliza exclusivamente a la Seguridad Social, que disponía de todos los datos y aun así tardó años en corregir el error.
La pensión de jubilación media sube hasta los 1.511,51 euros al mes y la de viudedad sigue estando por debajo del salario mínimo. Este mes se cobrará la paga extra de Navidad, por lo que la mayoría de pensionistas cobrarán el doble.
La mujer no acreditó los dos años de convivencia previa que exige el artículo 219.2 de la Ley General de la Seguridad Social cuando el matrimonio dura menos de un año y no existen hijos comunes.
El Tribunal Supremo explica que, a pesar de volver con su marido y hacer vida en común, esta reconciliación nunca fue comunicada al juzgado ni inscrita en el Registro Civil.
Aunque la Seguridad Social abona siempre la pensión a mes vencido, la mayoría de bancos y entidades bancarias los adelantarán entre los días 22 y el 26 de noviembre. La paga extra de Navidad se abonará junto a la nómina.
La Ley General de la Seguridad Social establece un tope máximo para todas las pensiones contributivas ya se cobrando una o varias pensiones a la vez, salvo que se cobre el complemento para la reducción de la brecha de género o los incentivos por jubilación demorada.
A final de noviembre los pensionistas cobrarán la paga extra de Navidad, por lo que aquellos que cobren la pensión máxima recibirán la pensión doble, 6.535,20 euros.
Los cónyuges supervivientes perderán el derecho a cobrar la pensión de viudedad si el matrimonio duró menos de un año y la muerte fue por enfermedad común previa, salvo que tengan hijos en común o acrediten una convivencia previa que sume más de dos años, tal y como regula el artículo 219.2 de la Ley General de la Seguridad Social.
El Tribunal Supremo rechazó que a la mujer se le aplicara el artículo 221.2 de la Ley General de la Seguridad Social, que permite acceder en los casos de parejas de hecho formalmente constituídas.
El tribunal señaló que la mujer tenía derecho a seguir cobrando la pensión de viudedad aunque también percibiera la jubilación, porque esta última no la hacía incompatible según el artículo 174.3 de la Ley General de la Seguridad Social.
Las pensiones de jubilación, incapacidad permanente, viudedad y orfandad de la Seguridad Social subirían en torno a un 2,6%, tal y como regula la Ley 21/2021.
El Tribunal Supremo explicó que el viudo tenía derecho a la pensión de viudedad porque, tras más de 20 años de convivencia, la boda no pudo celebrarse por el confinamiento derivado de la pandemia, una causa ajena a su voluntad.
Al empezar a cobrar la pensión de jubilación, la Seguridad Social le dijo que era incompatible con la de viudedad, por lo que suspendió la pensión y procedió a reclamar las cantidades cobradas indebidamente.