
La pensión de viudedad es una prestación económica concedida por la Seguridad Social y dirigida a aquellas personas que hayan estado casadas o sean pareja de hecho de alguien que ha fallecido. Su objetivo es evitar la posible falta de ingresos causada tras el fallecimiento de la persona que generaba los ingresos principales o totales en el hogar.
Esta prestación es de carácter vitalicio y se puede compatibilizar con otras prestaciones y pensiones de la Seguridad Social, siempre y cuando se mantenga los requisitos que dieron origen a la prestación. Ahora, en el caso de no cumplirlos, la Seguridad Social puede proceder a quitar la pensión de viudedad.
Son tres las causas por las que se puede retirar la pensión, que son por no cumplir con los requisitos, por conductas que lleven a cabo la extinción y por contraer un nuevo matrimonio o relación similar a la conyugal.
Requisitos para mantener la pensión de viudedad
La pensión de viudedad se cobra de manera vitalicia, es decir, para siempre, incluso si el beneficiario contrae matrimonio nuevamente o forma una pareja de hecho. Pero, para ello, la Seguridad Social explica en su web que deben mantenerse siempre los siguientes requisitos:
- Ser mayor de 61 años o menor, siempre que tenga reconocida una pensión de incapacidad permanente absoluta o de gran invalidez, o tener una discapacidad superior al 65%.
- La pensión de viudedad debe ser la principal o única fuente de ingresos, representando al menos el 75% del total de ingresos anuales.
- Los ingresos anuales del nuevo matrimonio o pareja de hecho no deben superar dos veces el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) vigente.
Motivos por los que te pueden quitar la pensión de viudedad
Al igual que hay unos requisitos para mantener la pensión, también hay otros motivos por los que la Seguridad Social te puede quitar la pensión de viudedad e incluso a devolver los importes indebidamente cobrados. Estos motivos son:
- Ser declarado culpable en una sentencia firme por la muerte del cónyuge.
- Fallecimiento de beneficiario (al igual que la pensión de jubilación).
- Comprobarse que no falleció el trabajador desaparecido en un accidente: Uno de los requisitos del causante (fallecido) es que si desaparece durante un accidente, sea laboral o no, y se presume su fallecimiento o si después de 90 días no hay noticias del trabajador, se concede el derecho a la pensión de viudedad, por lo que de demostrarse lo contrario se procederá a la retirada.
- Ser condenado en una sentencia firme por un delito de homicidio o lesiones contra la persona que era la causante de la pensión, salvo reconciliación entre ellos.
Contraer un nuevo matrimonio o iniciar otra relación de hecho es también motivo para la extinción
La pensión de viudedad busca compensar la pérdida económica tras la muerte del cónyuge. En el caso de contraer nuevo matrimonio o iniciar una relación similar a la conyugal se extinguirá, ya que se entiende que la nueva pareja asume las obligaciones económicas del nexo matrimonial, invalidando la necesidad de la pensión.
Ahora, para que esto ocurra se requiere que exista una convivencia estable y notoria durante al menos 5 años, además de registro como pareja en la Comunidad Autónoma o Ayuntamiento con 2 años de antelación, o suscribir un documento público con igual antelación.

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