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La Justicia deniega la incapacidad permanente absoluta a una limpiadora con fibromialgia y depresión al considerar que "conserva la misma capacidad funcional"

Aunque la trabajadora pidió que se elevara su grado a incapacidad permanente absoluta por agravación psiquiátrica, la justicia concluye que sus limitaciones actuales no son más graves que las de hace años.

Mujer con dolor en la espalda
Mujer con dolor en la espalda |Envato
Francisco Miralles
Fecha de actualización:

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha rechazado reconocer a una limpiadora la incapacidad permanente absoluta (IPA), a pesar de que padece fibromialgia, hepatitis, síndrome de Sjögren y trastorno depresivo persistente. La Sala de lo Social considera que el estado de la mujer no evidencia un empeoramiento real, por lo que conserva la misma capacidad para el ejercicio de actividades laborales residuales, a pesar de que argumenta que ya no puede desempeñar ningún tipo de trabajo en el mercado ordinario.

Según consta en la sentencia (disponible en el Poder Judicial), la actora trabajaba como limpiadora. En el año 2021 le fue reconocida judicialmente la incapacidad permanente total para su profesión habitual, debido, fundamentalmente, a sus problemas psicopatológicos. Años más tarde, la paciente ha continuado con su cuadro clínico estable, si bien ha añadido la fatiga crónica a su historial, al tiempo que otras dolencias previas como la bursitis han desaparecido.

Años después, la trabajadora continuaba padeciendo su trastorno depresivo persistente y de la personalidad, el cual seguía cursando con ideas pasivas de muerte crónicas y sobreingestas medicamentosas con finalidad evasiva. Alegando un agravamiento de esta situación, a finales de 2023 presentó un expediente de revisión por agravación (es decir, subirle el grado de incapacidad); sin embargo, dicha revisión fue denegada al considerar la Administración que su cuadro clínico no había variado de forma sustancial.

Por ello, la mujer solicitó al Instituto Nacional de la Seguridad Social que, con base en la agravación de la patología psiquiátrica que padece, fuese declarada en situación de incapacidad permanente absoluta. La Seguridad Social, por su parte, inició un expediente administrativo para valorar el estado de salud de la muejer, per acabó dictaminando que las secuelas que presenta en la actualidad constituyen la misma incapacidad ya reconocida.

La trabajadora recurrió la resolución del INSS en la vía judicial tras ver desestimada su reclamación previa; no obstante, tanto el Juzgado de lo Social número 8 de Barcelona como el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña han fallado a favor del criterio de la Administración. En consecuencia, confirman que la mujer no se encuentra afecta a una situación de invalidez permanente absoluta derivada de un empeoramiento de sus dolencias.

El Tribunal señala que la manifestación de la actora de que padece una mayor limitación en la esfera psiquiátrica no se sostiene porque, según indican los magistrados en la sentencia tras revisar el último informe del Centro de Salud Mental, “la clínica psicopatológica que describe ese informe no evoca criterios de franca severidad”, mientras que la ideación pasiva de muerte y las sobreingestas medicamentosas “ya se recogen también en la sentencia de 2021, por lo que no ha experimentado mejoría alguna, pero tampoco agravación”.

Y en lo que respecta a la fatiga crónica que añade en su cuadro actual para fundamentar su empeoramiento, el Tribunal argumenta que sus efectos se equiparan a los de la fibromialgia que ya le fue valorada en su momento, destacando que tampoco consta ningún ingreso hospitalario en los últimos años ni una evolución psicofuncional tórpida. En este sentido, los magistrados afirman en la sentencia que, al no existir limitación más grave que la de 2021, la trabajadora “conserva la misma capacidad funcional y residual que entonces tenía, por lo que no se le puede reconocer el grado de incapacidad permanente que reclama”.