El tiempo máximo que tarda la Seguridad Social en conceder una pensión de jubilación en 2023

La Seguridad Social confirma que existe un periodo que se reserva para gestionar la pensión de jubilación. Además, existe un periodo al año más beneficioso para convertirse en jubilado.

pensión de jubilación
El tiempo máximo que tarda la Seguridad Social en tramitar la pensión de jubilación Archivo
Isabel Gómez

Cuando una persona sobrepasa los 60 años, comienza a hacer conjeturas sobre su retiro del mercado laboral, sobre todo aquellos que no quieren esperar a la edad ordinaria. Una vez que cumplen los requisitos para solicitarla, buscan conocer cuánto tarda la Seguridad Social en conceder una pensión de jubilación y cuándo debes pedirla.

Antes de entrar en materia hay que tener en cuenta que la administración recoge una serie de exigencias tanto de edad como de un periodo mínimo de cotización. Siempre tiene que haberse cotizado un mínimo de 15 años, dos de los cuales deben estar comprendidos dentro de los 15 años anteriores. Ahí se tiene derecho al 50% de la base reguladora de la pensión.

Cuando la persona ha cotizado un mínimo de 37 años y nueve meses, tiene derecho a retirarse definitivamente a los 65 años; mientras que si no cumple con ese tiempo mínimo debe esperar hasta los 66 años y cuatro meses en este 2023.

Documentación necesaria para solicitar la pensión de jubilación

Todas las personas que cumplan con las exigencias anteriores y quieran pedir la jubilación necesitan una serie de documentos para gestionar todo el trámite.

En primer lugar, el Documento Nacional de Identidad (DNI) o del representante legal en su caso. También valdrá con el NIE o el pasaporte siempre que se resida de forma legal en el país.

En segundo lugar, en función del tipo de jubilación que soliciten, es posible que sea necesario adjuntar otros documentos como el certificado de empresa, el cese del trabajo de los autónomos y el grado de discapacidad.

¿Cuándo puede solicitarse la pensión de jubilación de la Seguridad Social?

Mientas la persona siga trabajando, la jubilación puede solicitarse con una antelación máxima de tres meses con respecto a la fecha en la se tiene derecho a ella. Sin embargo, el expediente no podrá tramitarse hasta que se alcance esa fecha y se compruebe el cese definitivo del puesto de trabajo.

En las situaciones en las que el trabajador esté inscrito en un convenio especial, debe solicitar el día en que se marcha como baja ese convenio, o como máximo, en los tres primero posteriores a dicha fecha. Por tanto, no puede solicitarse con antelación.

Las personas desempleadas que reciben el paro o el subsidio por desempleo pueden solicitarse con una antelación de tres meses con respecto a la fecha de extinción de la prestación. Cuando se encuentre en no alta debe solicitarse el día en que se causa derecho a la pensión. Puede solicitarse tanto online como en alguna de las oficinas de la Seguridad Social.

¿Cuánto tarda en concederse la jubilación?

El Instituto Nacional de la Seguridad Social contempla el plazo de tres meses (90 días) para conceder la pensión de jubilación. Así queda estipulado en la normativa legal general de dicha administración, pero, realmente, el plazo queda reducido a los 19 días como máximo. 

“El solicitante tiene derecho a la pensión a partir del día siguiente desde que reúne todas las condiciones para que pueda ser reconocida, sin perjuicio de que los efectos económicos se determinen en atención a la fecha de solicitud”, explican desde el organismo.

En este punto, hay que tener dos escenarios presentes: si el trabajador está dado de alta en la Seguridad Social, genera el derecho a la pensión tras el primer día desde el cese en la actividad, si la solicitud de jubilación se entrega tres meses antes o después del cese. Si se hace después de esos tres meses, la retroactividad será de tres meses.

El segundo aspecto es si el trabajador se encuentra en una situación asimilada de alta o baja en la Seguridad Social. En este supuesto, se genera el derecho a la pensión desde el momento que se hace entrega de la solicitud.

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