Con la campaña de la declaración de la Renta en pleno desarrollo, son muchos lo que aún no han rendido cuentas a Hacienda, entre ellos propietarios de viviendas alquiladas que deben recordar que tendrán que incluir el dinero recibido por el arrendamiento en su declaración. No cumplir con esta obligación fiscal antes del 30 de junio (último día de presentación) puede ser motivo de sanción.
En esta campaña de la renta, los caseros deberán tributar en el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF) por el dinero que recibieron durante el año 2024.
Hay que tener en cuenta, según explica la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT) a través de su web, que, estas cantidades son, con carácter general, rendimientos del capital inmobiliario. Pero en el caso de que el alquiler se realice como una actividad empresarial, con al menos una persona empleada, con contrato laboral y a jornada completa, serán rendimientos de actividades económicas.
Estos son los propietarios que tendrán que incluir en la declaración de la Renta el alquiler de sus viviendas
Tal y como explican desde Hacienda, todos los alquileres deben incluirse en la declaración de la Renta, independientemente de que se trate de una vivienda, plaza de garaje o local comercial . Estos se deben incluir, según corresponda, como rendimiento de capital mobiliario o como rendimiento de las actividades económicas.
También hay que recordar que al igual que existe la obligación de declarar, los caseros podrán aplicarse deducciones fiscales por el alquiler de sus propiedades para pasar menos impuesto a Hacienda.
Multas por no incluir el alquiler en la declaración de la renta
No cumplir con las obligaciones fiscales con Hacienda es motivo de sanción, y los caseros que no incluyan el dinero recibido por el alquiler en la declaración de la Renta se enfrentan a multas de entre el 50% y el 150% según establece la Ley General Tributaria. En función de su gravedad, estas son las posibles sanciones:
- Infracciones leves: Multas de hasta el 50% de la cantidad defraudada, si es inferior a los 3.000 euros.
- Infracciones graves: multas de entre el 50% y el 100% de la cantidad defraudada, si supera los 3.000 euros
- Infracciones muy graves: si hay ocultación, multas de hasta el 150% de la cantidad defraudada.

Qué estudiar en la Universidad de Almería: los nuevos grados y másteres que te abren la puerta al mercado laboral
Otras noticias interesantes
Lo más leído
- Soy padre de 3 hijos, tengo 65 años y me niego a jubilarme: trabajo en 4 sitios a la vez y me quedan todavía 15 años de vida laboral
- Las personas que dejan los platos sucios en vez de lavarlos inmediatamente suelen mostrar estos 7 comportamientos, según la psicología
- Un albañil de 61 años gana más de un millón de euros en la lotería y cancela las hipotecas de sus cuatro hijas
- Una empleada de la pescadería de Mercadona logra una incapacidad permanente al clavarse una espina de pescado en el nudillo
- La Seguridad Social confirma el día en que ingresará las pensiones y la paga extra en junio de 2025 en CaixaBank, Santander, BBVA y otros bancos
- Precio de la luz hoy, 13 de junio por horas: cuándo es más barata y más cara en el día
Últimas noticias
- Un empleado de BBVA es despedido por contratar seguros sin consentimiento de los clientes y la justicia lo declara improcedente: indemnización de 270.129,75 euros
- Qué significa hacer ghosting laboral según la psicología
- Un ganadero español va por un río paseando, ve algo que parece una cadena y descubre un futuro "rebaño"
- Jubilados estallan contra la Seguridad Social: "He trabajado más de 52 años y me quitan un 13% de la pensión de por vida, no es justo"
- La ayuda de 480 euros del SEPE que puedes cobrar de manera indefinida si cumples este requisito