Con la llegada del verano, muchos conductores sustituyen el calzado habitual por opciones más frescas, como las chanclas, las sandalias o las alpargatas. Aunque existe la creencia de que conducir con chanclas está prohibido, la realidad es que la normativa española no recoge ninguna prohibición expresa sobre este tipo de calzado. Sin embargo, eso no significa que siempre esté permitido sin consecuencias.
La Guardia Civil ha recordado, a través de un vídeo publicado en su cuenta oficial de TikTok (@guardiacivil), que conducir con chanclas es legal siempre que su uso no afecte a la capacidad del conductor para manejar el vehículo con seguridad. En la grabación, un agente de la Agrupación de Tráfico sostiene una chancla en la mano mientras explica que “se puede conducir con chanclas, salvo que el uso de este calzado interfiera en la conducción y pueda provocar un accidente”.
Sin embargo, la clave está en la interpretación de las circunstancias concretas de cada caso. Si durante un control o tras un incidente un agente considera que las chanclas han dificultado el manejo de los pedales o han limitado la libertad de movimientos del conductor, puede poner una sanción.
El artículo 18 del Reglamento General de Circulación, la base de la posible multa
La posibilidad de sancionar este comportamiento se sostiene en el artículo 18.1 del Reglamento General de Circulación, que obliga a los conductores a mantener en todo momento la libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente durante la conducción para garantizar la seguridad vial.
Aunque la norma no menciona de forma específica las chanclas, sí establece la obligación de conducir en condiciones que permitan controlar el vehículo de manera adecuada. Por ello, si un agente aprecia que el calzado puede deslizarse, engancharse en los pedales o impedir una reacción rápida ante una maniobra de emergencia, podrá considerar que existe una infracción.
En este caso, las sanciones pueden oscilar entre 80 y 200 euros, dependiendo de las circunstancias y de la valoración realizada por los agentes de tráfico en ese determinado momento.
No solo las chanclas: cualquier elemento que dificulte la conducción puede ser sancionable
Sin embargo, la advertencia de la Guardia Civil no se limita exclusivamente a las chanclas. Cualquier situación que reduzca la capacidad del conductor para reaccionar con rapidez puede dar lugar a una denuncia.
Entre ellas se encuentran conducir con ropa que limite los movimientos, transportar objetos que obstaculicen la conducción o llevar elementos dentro del habitáculo que interfieran con el manejo del volante o los pedales. En todos los casos, el criterio principal sigue siendo el mismo, como es el de garantizar que el conductor mantiene el control total del vehículo.
Por este motivo, las autoridades recuerdan que, más allá de cumplir la normativa, es recomendable utilizar un calzado que ofrezca una buena sujeción al pie y permita accionar los pedales con precisión, especialmente en trayectos largos o por vías con mayor intensidad de tráfico.