El Corte Inglés tendrá que indemnizar con más de 142.513,60 euros a un jefe de mantenimiento despedido por “inflar horas y facturas”: la Justicia dice que es improcedente

El trabajador tenía un contrato indefinido desde 2001 y cobraba más de 6.000 euros al mes, ahora la empresa deberá pagarle o readmitirlo en su puesto.

El Corte Inglés tendrá que indemnizar con más de 142.513,60 euros a un jefe de mantenimiento despedido por “inflar horas y facturas”: la Justicia dice que es improcedente |Archivo
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El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Murcia ha confirmado la improcedencia del despido de un jefe de mantenimiento de El Corte Inglés que llevaba en la plantilla desde 2001. Los magistrados han determinado que la empresa no pudo probar las irregularidades que le atribuía en la gestión de los proveedores y en la facturación. De este modo queda avalado el fallo de primera instancia que obliga a El Corte Inglés a que lo readmita o le indemnice con más de 142.000 euros. 

Tenía contrato indefinido desde el primer momento y era jefe, esto es, una categoría de mando. Por eso, la nómina ascendía a más de 6.000 euros al mes con las pagas extra prorrateadas, lo que equivale a unos 197,94 euros al día, como se puede comprobar en la sentencia STSJ MU 113/2026.

La empresa alegó horas infladas y trabajos dudosos

La empresa decidió extinguir el contrato de este empleado en el mes de abril de 2023 tras un informe interno en el que detectaron algunas irregularidades en la contratación de empresas externas de mantenimiento. Entre ellas, encontró que se facturaron más horas de las que realmente se trabajaron, materiales sin justificar y trabajos que no se habrían realizado. 

Uno de los ejemplos que aparece en la sentencia es el cobro de 8 horas por operario cuando el registro de accesos reflejaba dos horas y media de trabajo. También se apreciaron casos de facturación de hasta 27 horas no trabajadas o materiales cuyo uso no quedaba suficientemente acreditado. 

La empresa señalaba que esto suponía una “transgresión de la buena fe contractual” así como un abuso de confianza, por lo que se justificaba el despido disciplinario.

La clave estaban en el sistema de control usado por la empresa

Tanto por parte del juzgado como por el TSJ, se consideró que estas acusaciones no estaban suficientemente demostradas. La clave era el sistema de control que empleaba la empresa, una plataforma de registro de accesos que no garantizaba que los trabajadores no pudieran entrar o salir por otras zonas del centro de trabajo. 

Además, para el tribunal, no se acreditó que los trabajos facturados no se hubieran realizado, y la misma empresa admitía que lo facturado coincidía con lo abonado, además existía un triple control interno en el que el trabajador firmaba como ‘conforme servicio’, otro responsable autorizaba y se verificaba por los servicios regionales.

La Sala destaca que la contratación de proveedores, aunque en ocasiones fuera verbal, era conocida por los departamentos y no exclusiva del trabajador.

Despido improcedente por falta de pruebas “sólidas”

El tribunal concluyó que no se había incurrido en un incumplimiento grave que justificase el despido disciplinario y en consecuencia confirma la improcedencia que se declaró en primera instancia. 

Ahora, la empresa tendrá que elegir entre readmitir al trabajador o pagar una indemnización de 142.513,60 euros, además de las costas del recurso, que son de 800 euros.

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