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Multas de hasta 600.000 euros para las comunidades de vecinos andaluzas que no adapten el mantenimiento de sus piscinas antes de 2027

No cumplir con esta obligación puede suponer sanciones económicas, la suspensión del servicio o incluso el cierre de la instalación.

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El presidente de la Junta de Andalucía en funciones, Juanma Moreno |Europa Press
Lucía Rodríguez Ayala
Fecha de actualización:

Con la llegada del verano vivir en una comunidad de vecinos con piscina supone una gran ventaja a la hora de afrontar el calor, sobre todo en comunidades autónomas como Andalucía en las que las altas temperaturas son la tónica habitual en la temporada estival. Pero tener piscina en el edificio supone también cumplir con ciertas obligaciones, y antes del 2 enero de 2027 tendrán que revisar si el personal encargado de su mantenimiento cuenta con la formación exigida por la normativa para evitar sanciones que podrían llegar hasta los 600.000 euros en los casos más graves. 

Así lo advierten desde el Consejo Andaluz de Colegios de Administradores de Fincas (CAFINCAS) desde donde explican que que miles de comunidades deberán adaptar en los próximos meses la situación de sus conserjes, operarios o empresas externas encargadas del tratamiento del agua.

Esta obligación queda recogida en el Decreto 485/2019, por el que se aprueba el Reglamento Técnico-Sanitario de las Piscinas en Andalucía (puede consultarse en este BOJA). Esta normativa, afecta mayormente a las piscinas tipo 3A, que son aquellas que se encuentran en las comunidades de vecinos con 20 o más viviendas. En el caso de comunidades con menos de 20 viviendas, algunas de las obligaciones solo se aplicarán de forma parcial.

Qué tienen que hacer las comunidades de vecinos con piscina

Para evitar estas sanciones las comunidades de propietarios tendrán comprobar que el personal encargado del mantenimiento de la piscina cuenta con la formación y certificación profesional exigida por la normativa sanitaria. Esta obligación afecta tanto a conserjes u operarios propios como a empresas externas contratadas para realizar el tratamiento del agua.

Según explican desde CAFINCAS, esta adaptación no se limita únicamente a acreditar la formación del personal, sino que las piscinas comunitarias también tienen que cumplir una serie de obligaciones técnicas y sanitarias de forma continuada, como el control de la calidad del agua, la manipulación correcta de productos químicos, el seguimiento de los registros y la aplicación de protocolos de autocontrol.

Los expertos insisten que no se trata de un simple trámite administrativo, y advierte de la importancia de llevarlo a cabo ya que se trata de una medida que está relacionada con la seguridad y la salud pública. Un mantenimiento inadecuado de la piscina o realizado por personal no cualificado podría provocar incidencias sanitarias graves y generar responsabilidades para la comunidad de propietarios.

Sanciones de hasta 600.000 euros a las que se enfrentan las comunidades

Las comunidades de vecinos que no cumplan, antes del 2 de enero de 2027 con estas exigencias de la normativa puede suponer, no solo sanciones económicas sino también en la suspensión temporal del servicio o incluso el cierre de la piscina si una inspección resulta desfavorable. 

Si esto ocurre las multas pueden superar los 3.000 euros en los casos de infracciones leves y alcanzar hasta los 600.000 euros en los casos más graves o cuando exista un riesgo especial para la salud pública.