Hacienda avisa de la sanción que impone a los autónomos por perder una factura

Los autónomos deben conservar sus facturas y documentos acreditativos que justifiquen el origen de sus ingresos durante un mínimo de 5 años si no quieren ser sancionados por Hacienda. Estas son las posibles multas.

Autónomo revisando las facturas para presentarlas a Hacienda
Isabel Gómez

Ser trabajador por cuenta propia en España y cotizar en el RETA de la Seguridad Social requiere de una serie de obligaciones, como la de conservar los justificantes de cobro y de gastos. Pero, ¿qué ocurre si se pierden o no se lleva un correcto registro contable? Hacienda avisa de la sanción que impone a los autónomos por perder una factura. En algunos casos las multan están consideradas como muy graves.

Llevar un control exhaustivo de las facturas requiere de buena organización. Lo recomendable es conservarlas y archivarlas de forma trimestral para la presentación del IVA en la Agencia Tributaria. Aunque cabe mencionar que, según las últimas informaciones, estos trabajadores podrían estar exentos de presentarlo cuando sus ingresos sean inferiores a 85.000 euros.

Al mismo tiempo, es necesario guardar todos esos comprobantes de autoliquidaciones, declaraciones trimestrales de IVA o IRPF durante cinco años, ya que en caso de una inspección de Hacienda, la sanción podrían ser de hasta un 4% de la facturación. 

Específicamente, deben archivar durante cuatro años los documentos asociados al IVA y unos cinco años para documentos asociados al IRPF. Mientas que el Código de Comercio establece que la documentación debe conservarse por un mínimo de seis años.

¿Cómo sanciona Hacienda la pérdida de una factura?

La Agencia Tributaria tiene un modo específico de actuar cuando ocurren estas situaciones, como apuntan desde Autónomos y Emprendedores. Por eso, el Centro de Estudios Financieros (CEF) expuso un caso práctico para entender cómo afecta la pérdida de facturas o tickets.

“El restaurante MAC fue citado para una comprobación general de su situación tributaria del último ejercicio no prescrito. El volumen de facturación fue de 2.000.000 de euros”

“Durante la primera vista del inspector de Hacienda acerca de la conservación de las copias de los tickets, el contribuyente manifiesta que no guarda copia ninguna de ellos”.

La Agencia Tributaria tiene calificada como falta grave, como recoge el artículo 201 de la Ley General Tributaria, la conservación de facturas, por lo que se sanciona con multa pecuniaria proporcional del 2% del conjunto de operaciones (los dos millones de euros).

Como en esta situación no hay conservada ninguna factura, se ha producido un incumplimiento sustancial de la obligación de facturación (afecta a más del 20% del importe de las operaciones sujetas al deber de facturación). Por tanto, en este caso, se incrementa la sanción en el 100%. “Es decir, la sanción resultante es del 4% de dos millones, lo que se traduce en 80.000 euros en el último ejercicio”, exponen desde CEF en su ejemplo.

Los tipos de facturas que deben conservar los autónomos para evitar multas

Un trabajador por cuenta propia debe conservar todas las facturas que hayan sido emitidas a terceros, al igual que aquellas que hayan recibido por el ejercicio de su actividad. 

Desde el citado medio también apuntan que en función de los casos, existe la obligación de guardar los albaranes junto con sus facturas, cuando en ellas se hace referencia a esos albaranes, siendo la primera un mero resumen de ellos, pero sin explicar su contenido. Si la propia factura recopila toda la información de las operaciones realizadas durante el periodo tratado, no será necesario conservar esos albaranes.

Archivado en:

Lo más leído