Los autónomos que facturen menos de 85.000 euros podrían estar libres de declarar el IVA

Hacienda estudia un régimen en la que los trabajadores autónomos con pequeños negocios estén exentos de hacer frente a la declaración del IVA trimestral cuando facturen menos de 85.000 euros.

Los autónomos que facturen menos de 85.000 euros podrían estar libres de declarar el IVA
Autónomo revisando sus facturas del IVA trimestral
Isabel Gómez

Los trabajadores autónomos podrían tener nuevos beneficios fiscales en los próximos meses. La Agencia Tributaria está en pleno estudio de un nuevo régimen fiscal para que aquellos que cuenten con pequeños negocios no tengan que hacer frente a la autoliquidación del IVA trimestral si no superan los 85.000 euros. 

Esto provocaría que miles de trabajadores por cuenta propia, de los 3,3 millones que cotizan en el RETA de la Seguridad Social, estarían beneficiados por la medida con tan solo presentar una declaración anual de sus facturas y demostrar que no superan el mencionado límite.

Así lo ha comunicado la directora del Departamento de Gestión Tributaria de la Agencia Tributaria, Rosa Prieto, durante su ponencia en el IV foto de Emprendedores y Autónomos organizado por la asociación ATA. El motivo de esta decisión recae en que España es actualmente el único país europeo que no cuenta con el régimen franquiciado, el IVA y “es cierto que podría ser una forma de llegar a un régimen más justo”, justifica.

Cabe recordar que, actualmente, este impuesto trimestral no es un gravamen que tengan que pagar los autónomos, ya que funcionan como transmisores. En otras palabras, como explican desde Autónomos y Emprendedores, “abonan el impuesto cuando realizan un gasto para su negocio y lo reciben cuando efectúan una venta”. Si bien es cierto que su declaración en Hacienda conlleva, en muchos casos, una gran carga administrativa que está en pleno proceso de simplificarse, como indica la normativa europea.

Cuántas veces debería presentarse el IVA al año: el límite de ingresos

Tal y como explica la vicepresidenta de ATA, Celia Ferrero, lo que está sobre la mesa de trabajo corresponde con que “el IVA franquiciado sería la exención del impuesto para las personas físicas que factures menos de 85.000 euros o hasta 100.000 euros en las operaciones intracomunitarias”. Este sería el límite de ingreso que no podría sobrepasarse. Aunque la mayor ventaja vendría con la simplificación de todo el trámite. Pero ¿cuántas veces al año debería presentarse?

Las últimas informaciones acerca de esta cuestión muestran que la idea es rendir cuentas con Hacienda una vez al año. De esta manera, la Agencia Tributaria tendría el tiempo suficiente para comprobar que los autónomos cumplen con los límites. “Una vez en enero, en vez de liquidar cada trimestre”, explica Celia Ferrero.

Otro beneficio de este nuevo sistema sería que no habrá que guardar las facturas por el IVA trimestral porque no existían gastos deducibles en el mismo.

A pesar de lo anterior, sí que deberá prestar atención a los beneficios del régimen de franquicias porque va a depender del tipo de empresa del trabajador por cuenta propia. Es decir, que “si tengo una actividad con muy poco IVA soportado me interesa mucho el régimen de franquicia, porque no voy a tener que repercutir ni deducir”, explican desde el bufete de abogados FyJ Martín.

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