Aprobada la reducción de la jornada laboral a 37,5 horas en el Consejo de Ministros: ¿cuándo entra en vigor?

Además de la rebaja hasta las 37,5 horas semanales, supone la reforma del registro horario, el refuerzo a la desconexión y nuevas multas por las infracciones en materia de trabajo.

Yolanda Díaz tras el Consejo de Ministros en el que se ha aprobado la reducción de jornada
Yolanda Díaz tras el Consejo de Ministros en el que se ha aprobado la reducción de jornada EFE
Esperanza Murcia

Ha costado casi un año de negociación pero, hoy, el Consejo de Ministros ha aprobado la reducción de la jornada laboral a 37,5 horas semanales. Una rebaja del tiempo de trabajo en cómputo anual que se hará sin pérdida salarial y que no solo ha tenido que superar el Diálogo Social, sino también las diferencias dentro del propio Gobierno, en concreto, con el Ministerio de Economía. El resultado, en palabras de la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, se ha materializado este martes en "un día histórico", tanto para España como para Europa. 

Lo que se ha aprobado hoy por la vía urgente es un anteproyecto de ley fruto del acuerdo alcanzado por el Ministerio de Trabajo con los sindicatos  (CCOO y UGT), aunque no con la patronal, (CEOE y Cepyme) que defendieron hasta el final que, una norma así, debería haberse abordado en la negociación colectiva (de hecho, este mismo martes, lo han reiterado, avisando a Díaz de que van a trasladar su ‘no’ a los grupos políticos, de cara a su tramitación parlamentaria). 

Hay que señalar que, finalmente, la norma se ha aprobado sin modificaciones en el texto, por lo que se respeta todo lo acordado con las organizaciones sindicales. Esto no significa que, en su tramitación parlamentaria, no puedan introducirse otros elementos como la posible recuperación de las bonificaciones a las pymes (que defiende el Ministerio de Economía) con el objetivo de conseguir el respaldo político, ya que el Gobierno no cuenta con mayoría parlamentaria. 

En este sentido es importante resaltar que, aunque la reducción de jornada se haya aprobado en Consejo de Ministros, no se va a aplicar ya (como ocurre con los reales decretos), ya que debe pasar por otra serie de trámites y, como se ha dicho, ser convalidada en el Congreso de los Diputados. Teniendo estos en cuenta, el objetivo del Ministerio de Trabajo es que todos los convenios colectivos adapten la nueva jornada de 37,5 horas semanales para el 31 de diciembre de 2025. Una medida que, se calcula, beneficiará a cerca de 12 millones de trabajadores.

Siguientes pasos de la reducción de la jornada laboral 

El anteproyecto de ley de la reducción de la jornada laboral debe recibir ahora los informes preceptivos del Consejo de Estado y del Consejo Económico y Social. Una vez recibidos, tendrá que aprobarse nuevamente en el Consejo de Ministros pero ya como proyecto de ley. Según los cálculos de Trabajo, se prevé que esto suceda a finales de febrero.  

Una vez que haya sido aprobada en el Consejo de Ministros en esta segunda vuelta, ya se enviará al Congreso de los Diputados, donde se prevé que se tramite por la vía de urgencia. En esta fase parlamentaria, hay que tener en cuenta que los diferentes partidos políticos pueden presentas enmiendas al texto, por lo que este proceso podría alargarse varios meses.  

Recientemente, el secretario general de UGT ya avisó de las complicaciones que esperan en su tramitación parlamentaria: “Necesitamos que no haya una mayoría que bloquee el proyecto de ley y necesitamos que haya una tramitación, que los grupos de la mayoría de Gobierno, entre ellos, no lo anulen y, por tanto, que podamos finalmente ver que ese proyecto de ley funciona”. Una negociación que, advirtió, llevará “unos cuantos meses”. 

Qué pasará con los trabajadores a tiempo parcial 

Los contratos actuales a tiempo parcial de 37,5 horas semanales, cuando entre en vigor la reducción de jornada, se convertirán automáticamente en contratos a tiempo completo, cobrando lo estipulado para la jornada completa.  

Hay que recordar que la reducción de jornada se aprueba sin reducción salarial por lo que los trabajadores a jornada completa van a trabajar menos horas por el mismo dinero. Por ello, podría parecer que los salarios de los empleados a tiempo parcial se ven devaluados. Sin embargo, Trabajo ha corregido esto y en el texto ha recogido que estos tendrán derecho a seguir realizando el mismo número de horas que venían haciendo antes de la entrada en vigor de la reducción y, si lo deciden así, tendrán que un incremento salarial proporcional.   

De ese modo, los trabajadores a tiempo parcial quedan ‘protegidos’: no podrán bajarle el número de horas si no están de acuerdo y, en el caso de que decidan seguir trabajando las mismas horas, deberán recibir este incremento proporcional. 

Reforma del registro horario y derecho a la desconexión 

La reducción de la jornada laboral se ha aprobado en el Consejo de Ministros sin modificaciones del texto. Esto era un compromiso firme del Ministerio de Trabajo que ha sustentado la norma en dos pilares: la reforma del registro horario y el derecho a la desconexión digital, ambas calificados de “fundamentales” para el departamento de Yolanda Díaz.  

En lo que respecta al registro horario, las empresas estarán obligadas a contar con un registro diario de la jornada realizado por medios digitales. Esto es, no se podrá fichar con los clásicos cuadrantes, sino que todos los registros horarios deberán ser digitales y, además, la Inspección de Trabajo podrá acceder en remoto (de manera online) y en cualquier momento a los mismos. También podrán hacerlo los representantes de los trabajadores y los mismos empleados.  

En cuanto al derecho a la desconexión digital, el Ministerio de Trabajo va a reforzarlo, ya que este ya se concibe en el Estatuto de los Trabajadores, en la Ley Orgánica 3/2018 de Protección de Datos y Garantías de los Derechos Digitales y en la Ley 10/2021 de trabajo a distancia. Para conseguir este refuerzo, se va a establecer de forma específica que el derecho a la desconexión es “irrenunciable”, así como el derecho “a no ser localizables” fuera de la jornada laboral.  

El “deber empresarial”, según el texto, de garantizar esta desconexión se va a concretar en “la ausencia de toda solicitud de realizar una prestación laboral y la ausencia de comunicación de la empresa o persona en quien delegue, así como de terceros con relación comercial con la empresa, con la persona trabajadora por cualquier dispositivo, herramienta o medios digitales, así como el derecho a no estar localizable fuera de su horario de trabajo”. Esto es, las empresas no podrán contactar con los trabajadores fuera del horario, salvo casos excepcionales que deberán concretarse en la negociación colectiva. 

Mayores multas por los incumplimientos en materia del tiempo de trabajo 

Tanto para garantizar la reducción de la jornada laboral así como sus medidas adicionales, el texto pactado con los sindicatos y aprobado hoy contempla un endurecimiento del régimen sancionador. De ese modo, la transgresión de las normas y los límites legales o pactados en materia de jornada, trabajo nocturno horas extra, horas complementarias, descansos, vacaciones, permisos, registro de jornada y, en general del tiempo de trabajo, se sancionarán con hasta 10.000 euros

En concreto, pasarán a estar entre los 1.000 y 2.000 euros en su grado mínimo; entre los 2.001 y 5.000 euros en su grado medio; y entre los 5.001 y 10.000 euros en su grado máximo. Además, en el caso del incumplimiento del registro horario, esta sanción no se aplicará por empresa como ocurre ahora, sino por cada trabajador afectado.  

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