
Presentar la declaración de la Renta fuera de plazo es posible… pero tiene sus consecuencias y penalizaciones. Es cierto que su fecha límite fue el pasado lunes día 30 de junio, que era el plazo oficial para presentar este trámite fiscal, correspondiente al ejercicio 2024. Ahora bien, en caso de no hacerlo a tiempo, Hacienda concede más tiempo, pero con la consecuente multa por ello, que puede llegar hasta un 15% de recargo sobre la misma más los intereses de demora.
Claro que la normativa contempla distintos procedimientos en función del tipo de descuido y de la rapidez con la cual se subsana. No es lo mismo que la declaración se presente de forma voluntaria, aunque fuera de plazo, a que sea la Agencia Tributaria quien detecte la falta y presente un requerimiento. También hay diferencia si el resultado de la declaración del IRPF es a devolver a favor del contribuyente o a pagar a Hacienda.
Hacienda tendrá en cuanta la rapidez con la que se pone solución a presentar la declaración de la Renta fuera de plazo
Por ejemplo; en el caso de que se presente sin ningún tipo de requerimiento previo por parte de la Administración, y el resultado sea a ingresar, nos aplicarán un recargo del 1% más otro 1% adicional sobre el resultado de la declaración de la Renta por cada mes de retraso. En este caso no habrá sanciones ni intereses de demora.
Mientras que si se presenta la declaración voluntariamente una vez transcurridos 12 meses desde el término del plazo establecido para la presentación, el recargo será del 15%. Tampoco habrá sanciones, pero sí que se aplicarán los intereses de demora por el periodo transcurrido desde el día siguiente al término de los 12 meses posteriores a la finalización del plazo establecido para la presentación hasta el momento en que la declaración se haya presentado. Así serían en función del tiempo:
- Hasta tres meses: recargo del 5%.
- Hasta seis meses; recargo del 10%.
- Hasta 12 meses: recargo del 15%.
- Más de 12 meses: recargo del 20% más intereses de demora (5%).
Resultado positivo con notificación de la Agencia Tributaria
También puede ocurrir que el contribuyente tenga que pagar a la Agencia Tributaria pero deja pasar la declaración del IRPF hasta el punto que el Ministerio envía un requerimiento. En ese supuesto, el recargo será mayor a asumir.
Este recargo podrá ir desde el 50% al 150% de la cantidad a pagar, de acuerdo a la Ley General Tributaria. Este porcentaje podrá ser reducido un 30% en caso de que el trabajador acepte el recargo y no recurra, y un 25% siempre que el pago se realice dentro del periodo voluntario que estime la AEAT.
Resultado negativo de la declaración de la Renta con notificación de Hacienda
En este escenario, la Agencia Tributaria deberá devolvernos una cantidad para ajustar la cuantía extra que ha retenido durante el anterior ejercicio fiscal. No obstante, aunque en principio salgamos favorecidos, el fisco puede sancionar al contribuyente con una multa de 200 euros por presentar la declaración fuera de plazo y tener que mandarle un recordatorio. En caso de que no haya mandado ningún requerimiento, la multa a abonar será de 100 euros.
En cuanto al plazo límite de Hacienda para reclamar esas cantidades, el fisco dispone de cuatro años para reclamarlas. No hay que olvidar atender los requerimientos de la Agencia Tributaria cuanto antes, o nos enfrentaremos, en la mayoría de los casos, a posibles recargos y multas.
Presentar la renta fuera de plazo sin estar obligado
Si formamos parte del grupo de personas que no tienen la obligación de hacer la declaración de la renta, no tendremos que asumir ninguna consecuencia. Hacienda no te requerirá ni sancionará por ello.
Tras la subida del salario mínimo interprofesional se ha aumentado el importe de las rentas anuales que obligan a presentarla. De esta forma, los contribuyentes que tengan rentas inferiores a 22.000 euros brutos al año y que procedan de un solo pagador no tendrán obligación de presentar la declaración de la Renta este 2025.
Hasta el pasado 2 de junio, los últimos datos facilitados por la Agencia Tributaria, Hacienda había abonado ya la devolución de 5.516 millones de euros a 7.965.000 contribuyentes. La Agencia Tributaria prevé ingresar 19.093 millones de euros en la Campaña de la Renta 2024-2025, un 13,3% más respecto al ejercicio anterior.