
Recibir una herencia siempre genera interrogantes entre los beneficiarios, especialmente para aquellos herederos que perciben algún tipo de prestación social por parte del Servicio Público de Empleo (SEPE) y desconocen si podrían perderla. Es el caso de los beneficiarios del subsidio para mayores de 52 años, trabajadores que se encuentran desempleados a una edad avanzada y con dificultades para reincorporarse al mercado laboral.
Estos beneficiarios reciben una prestación mensual de 480 euros, siempre y cuando cumplan con los requisitos, a excepción de la edad, para acceder a la jubilación. Estos requisitos incluyen haber cotizado un mínimo de 15 años, con los últimos dos años de cotización dentro de los últimos 15 años, y haber cotizado al menos seis años por desempleo a lo largo de su vida laboral. Asimismo en cuanto a lo económico, no deben tener rentas propias mensuales superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI).
El tema que genera incertidumbre entre estos beneficiarios es cómo la recepción de una herencia podría afectar el cobro de su subsidio. Según la sentencia del Tribunal Supremo (305/2019 de 10 de abril de 2019), el perceptor del subsidio tiene un plazo de 30 días desde la aceptación de la herencia para informar al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) sobre dicha situación. De no cumplir con esta notificación en el tiempo establecido, no solo perderá el subsidio, sino que también deberá devolver todas las cantidades recibidas desde que aceptó dicho herencia.
Un caso que sentó precedente para esta sentencia fue el de una beneficiaria del subsidio para mayores de 52 años que aceptó una herencia que consistía en un inmueble valorado en 8.275 euros en 2014. La mujer no comunicó este hecho al SEPE hasta un año después, lo que resultó en una infracción del plazo establecido para notificar estas situaciones. Como consecuencia, perdió el subsidio y se le exigió la devolución de lo percibido desde que aceptó la herencia.
Aunque por otra parte, hay otra reciente sentencia en la que el Tribunal Supremo condenó al Sepe por denegar el subsidio para mayores de 52 años a una mujer que no comunicó una herencia que recibió por valor de 120.718 euros.
Qué hacer cuando se recibe una herencia cobrando un subsidio
Si se está cobrando el subsidio para mayores de 52 años hay que llevar a cabo un trámite con el Servicio Público de Empleo Estatal para, en el plazo máximo de 30 días después de que se reciba la herencia, para no perder el derecho a la prestación. Es tan sencillo como comunicar la variación en la situación de las rentas del beneficiario de esta ayuda económica.
Pero, ¿cómo? Se trata de algo que se puede gestionar a través de internet, visitando la sede electrónica del propio SEPE. Dentro del menú que aparece, hay que escoger el apartado que se encuentra bajo el nombre de ‘comunicación de variación de situación familiar’, donde hay que identificarse y, una vez hecho, hay que completar un formulario que se exige por parte de la administración donde se detallará la cantidad de dinero a recibir.
En el caso de que el beneficiario del subsidio cumpla con la notificación al SEPE dentro de los plazos establecidos (30 días), no perderá la ayuda económica. Una vez informado el organismo sobre la recepción de la herencia, lo que podría ocurrir es que el subsidio sea suspendido durante el mes en el cual el beneficiario reciba dicha herencia.
Tras tener conocimiento de esta situación, el SEPE procederá a dividir el valor total de la herencia entre los 12 meses del año para determinar si se supera el límite del 75% del SMI mensual, es decir, 810 euros al mes. Si la división no sobrepasa esta cantidad, el subsidio continuará percibiéndose normalmente. Por otro lado, si el resultado supera los 810 euros, el cobro del subsidio se suspenderá durante un mes y posteriormente se reanudará con normalidad.
Por ejemplo, si el beneficiario del subsidio para mayores de 52 años acepta una herencia valorada en 20.000 euros (al dividirlo, la cantidad mensual a lo largo de un año sería de 1.667 euros). En este caso, la persona perdería la prestación el mes en que recibe la herencia, pero la retomaría en el mes siguiente con normalidad.

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