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¿Pueden los inquilinos de un piso compartido echar a otro?

El alquiler de un piso compartido implica que existen dos o más arrendatarios en una misma vivienda. Pero, ¿es posible echar a un inquilino de ella?


Personas en el salón de un piso
Personas en el salón de un piso |Europa Press
Redacción Noticiastrabajo
Redacción Noticiastrabajo
Fecha de actualización:

Normalmente, cuando alquilamos una habitación en un piso compartido, tendremos uno o varios compañeros del hogar con los que tendremos que distribuir y dividir los espacios y el día a día. Y es que la situación actual de la vivienda hace que, incluso, tengamos que compartir piso después de los 35 años.

Aquí, y según el portal inmobiliario de Fotocasa, el precio medio de alquiler de una vivienda de 80 metros cuadrados ya supera los 1000 euros al mes en grandes ciudades como Madrid y Barcelona. De ahí que, para muchos jóvenes (y no tan jóvenes) la única solución que vean sea vivir en un piso compartido, sin importar el perfil socioeconómico.

Echar a un inquilino de un piso compartido es posible, pero siempre y cuando exista un incumplimiento de contrato

No obstante, aunque esta sea la única alternativa que le queda a muchas personas para encontrar un lugar donde vivir sin gastar gran parte de su salario en una casa, tener que vivir en un piso compartido no siempre es una tarea sencilla. Por ello, si se tienen problemas con los compañeros de vivienda, ¿es posible echarlos?

A grandes rasgos, la respuesta a esta cuestión es que sí, siempre que haya un incumplimiento del contrato por parte del inquilino. Sin embargo, es importante destacar que no es obligatorio disponer de un contrato de alquiler para alquilar una habitación, por lo que demostrar un incumplimiento de este no siempre será posible, como explican desde Fotocasa.

Esto es porque se trata de un documento no sujeto a la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), que es la normativa que regula todo lo relativo a los alquileres en nuestro país. Pero ello, según recogen los artículos 1554 y posteriores del Código Civil, bastará con un pacto expreso entre las partes.

Por otra parte, y en caso de que sí exista un contrato, la ley dice que los inquilinos no pueden expulsar por su cuenta a un compañero que también figura en el contrato de alquiler, ya que todos tienen los mismos derechos legales sobre la vivienda.

Contrato individual o contrato conjunto

Es aquí en donde habría que clarificar el escenario en el que se produce la necesidad de ese desalojo. ¿Es un contrato individual por la habitación o es uno conjunto, en el que varias personas aparecen como arrendatarios?

Para el primero, cada inquilino firma un contrato independiente con el propietario del piso y tiene una relación directa con él. Si incumple las condiciones del contrato, el propietario puede iniciar un proceso de desalojo específico, sin que afecte al resto de personas que viven en la casa.

Este régimen de alquiler se rige por un acuerdo entre las partes. Si no existe contrato por escrito, es mucho más difícil para el arrendador demostrar la necesidad de desalojo.

Y es que, para que una persona deje de ser inquilina, debe renunciar voluntariamente y firmar un acuerdo con el arrendador y, en su caso, con el resto de inquilinos.  En caso de que haya problemas de convivencia, la única vía legal para forzar su salida sería mediante una demanda, por ejemplo, por incumplimiento grave del contrato o comportamientos inadecuados (subarrendar la habitación, fumar, traer mascotas sin permiso…)

En el caso de los contratos conjuntos para un piso compartido, todos los inquilinos firman un único acuerdo con la propiedad y se hacen corresponsables de las obligaciones contraídas. Es aquí donde, si alguna de las personas incumple el contrato, el propietario podría exigir el desalojo de uno o de todos los inquilinos.

El caso más extremo

En el caso más extremo, podría suceder que el propietario del piso de alquiler, haya o no una agencia de por medio, podría simplemente rescindir el contrato con dicha persona si considera que de manera continuada se han incumplido las normas plasmadas en el documento, por ejemplo las reglas de convivencia.

Cabe decir que muchas veces este escenario no se materializa hasta pasado un tiempo. Al dueño de la vivienda no le suele interesar perder las rentas que obtiene de alguno de sus alquilados, y antes de llegar a este extremo es posible que los inquilinos lo arreglen ellos solos, o que baste con un toque de atención. Pero cuando el caso no cesa y las quejas continúan, entonces no le quedará más remedio que actuar.

En el peor de los escenarios, si el inquilino conflictivo y el arrendador incumplen alguna cláusula del contrato, entonces el alquilado que sí cumpla tiene derecho a promover la resolución judicial del contrato.