Pensión máxima, cobrar menos de la mínima o cobrar el 100% con la edad de jubilación: la verdad detrás de los mitos

A la hora de acceder a la pensión de jubilación hay varios mitos que, aunque puedan parecer ciertos, no lo son. Te lo explicamos.

dos pensionistas consultan su pensión
Cosas que no sabías sobre las pensiones en 2024 Envato
Francisco Miralles

Al acercarse a la edad de jubilación, casi todos los trabajadores tienen preguntas y dudas acerca de su pensión. Existe una confusión común: creer que el 100% de la pensión es lo mismo que la pensión máxima, que al cumplir la edad ordinaria da derecho al 100% o que no se puede cobrar por debajo de la pensión mínima. Sin embargo, estos conceptos no son lo mismo, y es importante entender sus diferencias.

El sistema de pensiones es dinámico y cambiante; de hecho, ahora mismo convivimos con dos grandes reformas: una que incrementa la edad de jubilación y otra que exige más años de cotización para recibir el 100% de la pensión. Además, a partir de 2027 se implementará un nuevo método de cálculo dual para determinar la pensión de jubilación.

A continuación, despejamos las dudas más comunes sobre la pensión contributiva de jubilación.

¿Es lo mismo la pensión máxima que el 100% de la pensión?

No, la pensión máxima y el 100% de la pensión no son lo mismo. La pensión máxima se refiere al importe máximo que se puede recibir, ya sea cobrando una sola pensión o varias de manera simultánea. Por otro lado, el 100% de la pensión corresponde al máximo basado en la base reguladora, la cual se calcula sumando las 300 últimas bases de cotización (equivalentes a 25 años) y dividiendo el resultado entre 350.

Además, aunque se tenga derecho al 100% de su pensión según su base reguladora, si el importe resultante supera la pensión máxima establecida, la cantidad que recibirá quedará limitada a esta máxima.

La pensión máxima se revaloriza todos los años conforme a los Presupuestos Generales del Estado (PGE) o en caso de no existir aplicando el artículo 58 “Revalorización y garantía de mantenimiento del poder adquisitivo de las pensiones” de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS). En 2024, la pensión máxima es de 3.175,04 euros mensuales (44.450,56 euros anuales).

No se puede cobrar más de la pensión máxima

Sí, es cierto que no se puede cobrar más de la pensión máxima, ya sea percibiendo una o varias prestaciones. Ahora bien, es posible superar este límite a través de complementos como el complemento para reducir la brecha de género.

Así lo explica la Seguridad Social en su web, donde dice exactamente que “el complemento no se tiene en cuenta en la aplicación del límite máximo de las pensiones contributivas ni para determinar el complemento para pensiones inferiores a la mínima”.

De esta forma, si se tiene cuatro hijos percibirá de complemento 132,8 euros (33,2 euros por hijo), lo que se sumaría a la pensión máxima de 3.175,04 euros, dando como resultado 3.307,84 euros.

¿Se puede cobrar menos de la pensión mínima?

Sí, es posible recibir una cantidad inferior a la pensión mínima establecida. La pensión mínima es la cantidad más baja que se puede recibir como pensión. Si alguien tiene derecho a una pensión contributiva por sus años de cotización, pero la cantidad resultante es menor a la mínima, la Seguridad Social ofrece un complemento a mínimo en la pensión para asegurar que dicha pensión alcance la cuantía mínima.

Para recibir el complemento que asegura la pensión mínima, la Seguridad Social requiere que se demuestre no solo que el pensionista reside en España, sino también que sus ingresos totales no superan un cierto límite establecido. Esto significa que si un pensionista recibe una pensión inferior a la mínima, pero sus ingresos totales exceden este umbral de ingresos mínimos, no tendrá derecho al complemento. En consecuencia, sí es posible que reciba una pensión por debajo de la cantidad mínima.

Alcanzando la edad ordinaria de jubilación se tiene derecho al 100%

No, alcanzar la edad de jubilación da derecho a optar al 100%, pero no quiere decir que se tenga la obligación de percibirlo. Cumplir la edad ordinaria hace que no se sufra penalizaciones (aplicación de coeficientes reductores), ya que no se adelanta la edad de retiro.

Ahora, si esta afirmación fuera así, un trabajador con 15 años cotizados que es el mínimo tendría derecho al 100% al igual que otro que hubiera cotizados 37 años. Además, en el caso de que el trabajador con 15 años tuviera una base de cotización más alta que la persona con 37 años, llegaría incluso a percibir una cuantía mayor de pensión.

Por eso, cumplir con la edad de jubilación asegura no sufrir recortes y que se pueda optar a ese 100%. Según el total de años cotizados se tendrá derecho a un porcentaje de ese 100% siempre que se acceda a través de la edad ordinaria que corresponda a cada trabajador (consultar que pensión queda según los años trabajados).

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