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El Tribunal Supremo confirma que no se tiene derecho a la pensión de viudedad cuando fallece la pareja de hecho no registrada, incluso si se tienen hijos en común
Pensión de Viudedad

El Tribunal Supremo confirma que no se tiene derecho a la pensión de viudedad cuando fallece la pareja de hecho no registrada, incluso si se tienen hijos en común

El Alto Tribunal explica que, a diferencia de otras ayudas asistenciales, tener descendencia en común no exime del requisito obligatorio de inscribir la pareja en un registro oficial con al menos dos años de antelación al fallecimiento para acceder a esta prestación de carácter contributivo.