
La Comisión de Economía, Comercio y Transformación Digital del Congreso ha dado luz verde a una modificación legislativa que introduce importantes cambios fiscales. Entre ellos, destaca la exención del IRPF para los perceptores del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) y la devolución en un solo pago del impuesto cobrado de más a los mutualistas jubilados. Esta reforma se ha incluido dentro de la ley que regula la responsabilidad civil y el seguro obligatorio en la circulación de vehículos.
La propuesta, impulsada por PSOE y Sumar, ha sido respaldada también por partidos como ERC, BNG, Bildu y PNV. Por su parte, el PP y Junts se abstuvieron, y Vox votó en contra. Al haber sido tramitada con competencia legislativa plena, no pasará por el Pleno del Congreso y continuará su curso en el Senado.
Deducción en el IRPF para los que cobren el SMI
La reforma establece una deducción fiscal de hasta 340 euros en el IRPF para los trabajadores con rentas anuales por debajo del SMI, situado actualmente en 16.576 euros. Esta ayuda irá reduciéndose gradualmente hasta desaparecer en los 18.276 euros, siguiendo una fórmula progresiva: 340 - 0,2 × (Rendimientos del trabajo - 16.576 euros).
Esta deducción se aplicará exclusivamente a ingresos derivados de relaciones laborales o estatutarias y estará financiada íntegramente por el Estado, tal y como se acordó durante la ponencia, a petición del BNG. Además, se ha introducido una cláusula que obliga al Gobierno a actualizar las entregas a cuenta de los tributos estatales en 2025 y revisar la participación de las entidades locales en estos ingresos.
Hay que señalar que la exención del IRPF al SMI no ha estado exenta de tensiones en el seno del Gobierno. Mientras que la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, defendía dejar fuera de tributación este salario para cumplir con la Carta Social Europea, desde Hacienda, María Jesús Montero abogaba por mantener su inclusión fiscal para preservar la “pedagogía tributaria”. Esta diferencia provocó incluso la presentación de tres proposiciones legislativas distintas por parte de Sumar, PP y Podemos.
Finalmente, la enmienda ha sido incorporada al texto legal que ahora continúa su tramitación en la Cámara Alta.
La devolución del IRPF para mutualistas será en un único pago
Otro de los aspectos clave de la reforma es la devolución en un único pago del IRPF a los mutualistas jubilados que cotizaron en exceso entre 1967 y 1978. Así, esta da cumplimiento a la jurisprudencia del Tribunal Supremo (STS707/2023) y corrige el criterio de Hacienda, que hasta ahora devolvía las cantidades de forma fraccionada hasta 2028, es decir, que cada año había que reclamar los últimos años.
Con la nueva disposición, la Agencia Tributaria habilitará un único formulario para solicitar la devolución correspondiente a los ejercicios de 2019, 2020, 2021 y 2022. Este mismo formulario servirá tanto para pedir la rectificación de autoliquidaciones como para iniciar un procedimiento de devolución completo.
Aunque el formulario actual solo permite solicitar la devolución de 2019, una vez entre en vigor la nueva norma, no será necesario presentar nuevas solicitudes para los años posteriores. Los expertos recomiendan presentar ya el trámite del año 2019, ya que este paso será imprescindible para cerrar la devolución completa más adelante.
Además, los intereses de demora que se aplicarán en 2025 ascenderán al 4,0625% anual, contándose desde la fecha en la que se presentó la solicitud. UGT y CCOO han pedido que estos intereses se incluyan automáticamente en los pagos para evitar más retrasos injustificados.
Nuevas obligaciones para las aseguradoras
Por último, el texto incluye una medida que afectará al sector del taxi: las aseguradoras estarán obligadas a justificar cualquier subida en las primas que apliquen, con el fin de garantizar mayor transparencia y equidad en la fijación de precios.