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Buenas noticias de Hacienda para los hipotecados: 2.000 euros de 'descuento' en la declaración de la Renta si cumplen estos requisitos

Estos son los requisitos que la Agencia Tributaria exige a los hipotecados para poder aplicar la bonificación fiscal en la declaración de la Renta.


La figura de una casa junto a billetes de euro y la Ministra de Hacienda
La figura de una casa junto a billetes de euro - Ministra de Hacienda, María Jesús Montero |Envato - EFE
Lucía Rodríguez Ayala
Fecha de actualización:

Pese a estar inmersos en la campaña de la declaración de la Renta, aún son muchas personas las que no han rendido cuentas con Hacienda por el impuesto de la renta de las personas físicas (IRPF). El plazo para solicitar las citas para la presentación vía telefónica ya está abierto, pero antes de presentarlo los hipotecados deben conocer las deducciones fiscales a las que pueden optar. 

La Agencia Tributaria permite desgravar hasta el 15% del importe abonado por la hipoteca, siempre que no se superen los 9.040 euros anuales. Esto se traduce, según los cálculos de los expertos del portal Help My Cash, en un ahorro fiscal de hasta 1.356 euros por contribuyente (un 7,5% estatal más la parte autonómica, que varía según la comunidad autónoma). En el caso de hipotecas con dos titulares que declaren de forma individual, la cifra puede duplicarse hasta alcanzar los 2.712 euros al año.

Hay que tener en cuenta que esta bonificación fiscal a las hipotecas no puede aplicarse en todos los casos, y es que de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT), exigen cumplir con una serie de requisitos para poder beneficiarse de la misma. 

Solo podrán aplicarse la deducción las hipotecas firmadas antes de 2013

El principal requisito que Hacienda exige para poder aplicarse la deducción por la hipoteca de una vivienda habitual en la declaración de la Renta tiene que ver con la fecha de firma de la misma. La bonificación está ilimitada a las hipotecas sobre vivienda habitual firmadas antes del 1 de enero de 2013, y es que a partir de esta fecha, la AEAT eliminó este beneficio fiscal para financiaciones formalizadas a partir de dicha fecha, aunque se mantiene para los que ya venían aplicándolo antes de dicha fecha. 

Además de la antigüedad de la hipoteca, los hipotecados tendrán que cumplir los siguientes requisitos: 

  • Deducciones previas: debe haber aplicado esta deducción en al menos una declaración anterior al ejercicio 2012.
  • Vivienda habitual: la deducción solo se aplica si se trata de la residencia habitual del titular.
     

Es importante tener en cuenta, que pese al requisito de las deducciones previas, en algunos casos el Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) ha determinado que pueden acogerse a esta deducción aquellos contribuyentes que no la aplicaron en su momento por no estar obligados a declarar, siempre que cumplan el resto de requisitos.

¿Qué ocurre si se han renegociado las condiciones de la hipoteca?

En el caso de que desde la fecha de firma se hayan modificado las condiciones de la hipoteca, esto no implica necesariamente que se vaya a perder la deducción fiscal. Según aclaran los expertos, podrá seguir aplicándose en los siguientes casos: 

  • Cambios en el tipo de interés o en el plazo de amortización: no alteran la posibilidad de deducir.
     
  • Ampliación del capital pendiente: en este caso, solo se podrá deducir la parte correspondiente al capital original firmado antes del 1 de enero de 2013.

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