¿Cuándo paga la mutua o la Seguridad Social la prestación de incapacidad temporal?

La incapacidad temporal puede ser abonada por el propio empresario o por la mutualidad o Seguridad Social en unos días concretos. Esta es su duración máxima y quién se encarga de qué pago en función del tiempo.

trabajo enfermo cobra la incapacidad temporal
La fecha en la que la Seguridad Social o mutualidad permite el cobro de la paga extra. CANVA
Isabel Gómez

Siempre que un trabajador sufre una enfermedad o accidente, ya sea de carácter laboral o no, puede terminar consiguiendo que el médico de cabecera le conceda la baja médica. En función de dónde cotice este por contingencias comunes, corresponderá el pago a la Seguridad Social o la mutualidad correspondiente. Pero hay una duda general sin importar quién lo abone: ¿Cuándo se paga la prestación de incapacidad temporal?

Antes de conocer esa respuesta, hay que tener en claro otras cuestiones previas para entenderlo. En España, esa prestación económica está gestionada por la Seguridad Social, el Instituto de la Marina o la Mutua colaboradora con la Seguridad Social. Sin embargo, en función de lo que origine la baja, será abonado por una u otra.

Si la incapacidad deriva de una enfermedad común o accidente no laboral, corresponde a la administración pública, mientras que si proviene de una enfermedad profesional o accidente laboral, le toca a la mutualidad colaboradora.

Como apuntan desde elEconomista, únicamente en los casos de enfermedad común, los trabajadores deben demostrar que están en alta o en una situación asimilada al alta, así como tener cotizados 180 días dentro de los últimos cinco años. Para el resto de casos, no hay requisitos para cobrar la prestación, que tiene una duración máxima de 365 días, con posibilidad de extenderse 180 días más si hubiera recuperación del paciente. En total, puede cobrarse hasta 545 días.

¿Cuánto se cobra estando de baja médica?

Para saber cuánto se cobra estando de baja médica hay que tener en cuenta que el importe varía en función de cuál fue el origen de dicha incapacidad temporal, como apuntan desde el portal web de la administración pública. También depende de su duración, por lo que así:

Cuando el origen esté en enfermedad común o accidente no laboral, se cobra el 60% de la base reguladora desde el cuarto día al día 20 de baja. Los tres primeros no se cobra nada. A partir del día 21 se percibe el 75% de la base.

Si el origen están en enfermedad profesional o accidente laboral, el trabajador recibe el 75% de la base reguladora desde su primer día.

¿Qué día se realiza el pago por la baja laboral?

Tal y como queda recogido en la plataforma de la Tesorería General de la Seguridad Social, esta administración suele realizar el pago de la baja médica o incapacidad permanente, siempre en el mismo día: el último día hábil del cada mes.

Es cierto que cuando cae en festivo, la administración se adelanta al día hábil anterior a esa fecha. Así que ese sería el día en el que el organismo libera la partida presupuestaria y se efectúa el pago de la incapacidad.

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