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Iberdrola tiene que indemnizar con 3.000 euros a un socio de FACUA por incluirlo en un registro de morosos por una deuda incorrecta

El afectado tenía una deuda impagada por no cumplir el contrato de permanencia con la compañía de gas, pero el importe que le pedía Iberdrola no era correcto.


Centro de Iberdrola
Centro de Iberdrola |Europa Press
Antonio Montoya
Fecha de actualización:

El Juzgado de Primera Instancia número 1 de Vitoria-Gasteiz ha condenado a Iberdrola a indemnizar con 3.000 euros a un socio de FACUA Euskadi por haberlo incluido en ASNEF, el registro de morosos más utilizado en España. El motivo de su inclusión en este fichero de deudores fue no pagar una penalización de 106 euros por incumplir la permanencia de su contrato de gas, pero realmente la deuda que debía pagar era de 43 euros.

El afectado, José María, residente en Vitoria, tenía un contrato del suministro de gas para su vivienda con la compañía Iberdrola, que estaba vigente desde 2021. En el contrato se reflejaba un compromiso de permanencia de un año, el cual decidió no cumplir, dando de baja a la compañía unos meses después de iniciar el contrato porque había encontrado una oferta mejor.

El contrato de permanencia le obligaba a pagar solo 43 euros

Según el contrato de Iberdrola, si el afectado no cumplía el compromiso de permanencia de 1 año en su totalidad, tenía que pagar una compensación de 0,16 céntimos por día incumplido hasta llegar al año. En el caso de José María, solo tenía 272 días de incumplimiento de la permanencia, por lo que solo le correspondía pagar un total de 43,52 euros.

Iberdrola no tuvo en cuenta la cuantía de penalización que aparecía en el contrato inicial y pasó a comunicar a José María que tenía que pagar 106 euros de penalización, en concepto de compensación por no cumplir la permanencia. Para la empresa de gas, la penalización era de 0,40 euros por día, en vez de 0,16 como reflejaba el contrato.

Iberdrola lo incluye en ASNEF y FACUA reclama para que lo indemnicen

El afectado reclamó a Iberdrola que corrigiera la cuantía de penalización, pero la compañía de gas no le dio la razón e, incluso, lo incluyó en una de las listas de morosos más usadas en España, ASNEF.  Las Asociación Nacional de Establecimientos Financieros de Crédito (ASNEF) es un fichero de solvencia patrimonial y crédito que recoge información sobre personas y empresas que tienen deudas impagadas con entidades financieras, operadoras, aseguradoras y otros proveedores de servicios.

De acuerdo a estas actuaciones, José María decidió acudir a FACUA Euskadi, que utilizó su servicio jurídico para reclamar un cambio en la compensación que debía pagar que se adecuara al contrato suscrito entre la empresa y el afectado, así como a borrar sus datos del fichero de morosos ASNEF. FACUA Euskadi se apoyó en la Junta Arbitral de Consumo para conseguir que finalmente Iberdrola rectificara la deuda a percibir.

El Juzgado de Vitoria-Gasteiz obliga a Iberdrola a indemnizar al afectado por vulnerar su honor

A pesar de que Iberdrola modificó la deuda tras las reclamaciones de FACUA y de José María, el afectado se dio cuenta de que su nombre continuaba estando en los archivos de morosos durante todo el tiempo que duraron las reclamaciones. Es por ello que decidió ir más allá e interponer una demanda en el Juzgado de Primera Instancia número 1 de Vitoria-Gasteiz contra la empresa energética, aconsejado por FACUA Euskadi, alegando una falta al honor por incluirlo en una lista de morosos por una deuda incorrecta.

En la sentencia del juzgado, la jueza Ana Urrea señala que “la inclusión en los registros de morosos no puede ser utilizada por las grandes empresas para buscar obtener el cobro de las cantidades que estiman pertinentes, amparándose en el temor al descrédito personal y menoscabo de su prestigio profesional y a la denegación del acceso al sistema crediticio que supone aparecer en un fichero de morosos”.

El litigio acabó dando la razón a José María, declarando la existencia de una intromisión ilegítima en su derecho al honor y condenando a Iberdrola a indemnizar con 3.000 euros, más intereses. Por último, las costas del procedimiento también corren a cargo de la energética, según la sentencia.

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