
Una nueva denuncia en el sector turístico de Andalucía. Facua ha avisado de que un apartamento turístico en la capital de Málaga no cumple con las condiciones al interponer una restricción a los menores de 35 años, impidiendo su acceso a este alojamiento. “Este apartamento supone una discriminación hacia las personas con edades entre los 18 y 34 años” afirma en un comunicado la asociación en defensa de los derechos del consumidor.
Según han informado, este alojamiento vacacional se encuentra publicitado en la web de reservas Booking.es y establece entre sus "normas de la casa" una restricción que se basa exclusivamente en la edad para poder realizar el registro de entrada y acceder al mismo. La asociación ha advertido de que el registro de entrada es un "paso obligatorio" que todos los usuarios deben hacer antes de disfrutar del servicio de hospedaje contratado, bien sea un hotel, un hostal o un apartamento turístico.
Por ello, consideran que “carece de sentido alguno" que el alojamiento 'Exclusive Plaza Constitución Málaga Center' imponga una edad mínima superior a la mayoría de edad para hacer este trámite. Además, han precisado que en el apartado relativo a la información importante sobre el alojamiento "va más allá", ya que aparece una nota donde indica: "No confirme su reserva si alguno de los invitados es menor de 35 años", aclarando que, con este registro, además, se impide el alojamiento a los menores de edad.
Qué ley recoge esta denuncia
Según establece la ley 13/2011 de 23 de diciembre, del Turismo en Andalucía, “los establecimientos turísticos tienen la consideración de públicos, sin que el acceso a los mismos pueda ser restringido por razones de raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra circunstancia personal o social que suponga discriminación”. Así lo recoge en su artículo 36, por lo que para Facua este alojamiento incumple lo establecido por el Turismo en esta comunidad autónoma. “No puede imponer una edad mínima superior a la mayoría de edad para poder hacer este trámite”, sentencia.
Además, en su comunicado añade que el artículo 72 de esta misma norma califica este hecho como "infracción muy grave". Considera que esta restricción en el acceso o la expulsión injustificada de un establecimiento turístico no es legal. Según el texto recogido en la ley, no se podrá hacer esto "cuando se realice por razón de raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra circunstancia personal o social que suponga discriminación". Por lo que el dueño de este apartamento podría llegar a enfrentarse a multas de grandes cantidades de dinero que van desde los 18.001 euros hasta los 150.000 euros por discriminación. Para Facua “no tiene ningún tipo de fundamento hacer dicha limitación a todas las personas con edades comprendidas entre los 18 años y los 34 años”.
Por todo ello, esta asociación de consumidores Facua ha pedido explicaciones y que tome parte en el asunto la Dirección General de Ordenación Turística de la Junta de la comunidad autónoma de Andalucía. “Pedimos a la Junta que abra un expediente sancionador al apartamento turístico 'Exclusive Plaza Constitución Málaga Center' al entender que con la discriminación que se está realizando se podría vulnerar los derechos de un colectivo”, los menores de la edad de 35 años que son unos clientes potenciales para el turismo en la zona de la provincia malagueña.
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