Uno de los conflictos más recurrentes en las comunidades de vecinos es que alguno de los propietarios aparque su coche sobresaliendo de los límites que delimitan su plaza de garaje, llegando a tener que acudir en ocasiones incluso a los tribunales. Ha sido el caso de una vecina a la que acusaban de haber repintado las líneas de su plaza de garaje para hacerla más grande y de aparcar un coche más grande de los que lo hacían anteriormente, que sobresalía y les dificultaba el acceso y las maniobras.
Los vecinos la demandaron porque aseguraban que había movido las líneas unos 81 centímetros, incorporando 1,21 metros cuadrados del espacio común destinado a la circulación y maniobra de los vehículos. Según se detalla en la sentencia de 1 de junio de 2026, a esto se sumaba que en ella aparcaba un coche más grande que el de los dueños anteriores, que sobresalía de las líneas.
En un principio, el Juzgado de Primera Instancia número 1 de Granollers rechazó la demanda porque entendía que los propietarios no podían reclamar que se devolviera un espacio común sin el acuerdo de la comunidad, pero la Audiencia Provincial reconoce que sí podían acudir a los tribunales, aunque la rechazó también por falta de pruebas.
Las líneas borradas procedían de un error al pintar el garaje
La Audiencia Provincial de Barcelona deja claro que los propietarios sí podían demandar sin autorización de la comunidad, porque no estaban reclamando solo una zona común, sino el hecho de no poder usar su plaza de garaje con normalidad. En este sentido, señala que la doctrina del Tribunal Supremo sobre el artículo 7.2 de la Ley de Propiedad Horizontal permite a un propietario actuar individualmente si la comunidad permanece pasiva, algo que también se aplica en Cataluña porque el Código Civil catalán no establece una regla diferente.
En este caso, el antiguo administrador llegó a reconocer que “la Comunidad de Propietarios pasó olímpicamente de intervenir en este tema”, por lo que la Audiencia considera justificada la actuación de los demandantes por su cuenta.
Sin embargo, los vecinos no pudieron demostrar que la demandada hubiera movido las líneas. El anterior propietario explicó que las marcas borradas correspondían a un error cometido cuando la comunidad pavimentó y volvió a pintar el garaje: las líneas se trazaron mal y después tuvieron que corregirse porque el coche no cabía, algo que confirmó el antiguo administrador de la comunidad, que aseguró que fue un problema que también había afectado a otros vecinos.
La Audiencia aclara además que el hecho de aparcar un coche más grande no era suficiente para darle la razón a los demandantes, ya que habían basado la reclamación en que la vecina había modificado las líneas ocupando el suelo común, algo que no pudo demostrarse.
No obstante, contra dicha sentencia (SAP B 4735/2026), cabía recurso de casación ante el Tribunal Supremo o ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.