Para cobrar las becas MEC del curso 2026-2027 no basta con cumplir los requisitos académicos: la renta de tu unidad familiar debe estar por debajo de los umbrales que publica el Ministerio de Educación en el BOE cada año. En la convocatoria actual, regulada por el Real Decreto 179/2026, de 11 de marzo, se recogen tres umbrales, cada uno con un extremo inferior y un extremo superior. Según el tramo en el que encaje tu familia, podrás optar a unas cuantías u otras.
Qué significa cada umbral
- Umbral 1 (rentas más bajas): quienes no superen este umbral pueden optar a todas las cuantías principales. Para estudios no universitarios, esto incluye la cuantía fija ligada a la renta (1.700 euros), la ligada a la residencia (2.700 euros), la cuantía por excelencia en el rendimiento académico y la cuantía variable. En el caso de estudios universitarios (y enseñanzas artísticas superiores), incluye todas las anteriores más la exención de las tasas universitarias, conocida como beca de matrícula.
- Umbral 2 (rentas intermedias): Quienes superen el umbral 1 pero no superen el umbral 2, ya no tendrán derecho a los 1.700 euros de la cuantía fija ligada a la renta. Sin embargo, sí podrán obtener la cuantía ligada a la residencia, la cuantía por excelencia académica y la cuantía variable. Además, los universitarios tendrán cubierta la beca de matrícula y los no universitarios recibirán la beca básica, que es de 300 euros (350 euros si cursan un Grado Básico).
- Umbral 3 (rentas más altas dentro del sistema de becas): Quienes superen el umbral 2 pero se mantengan por debajo del límite del umbral 3 solo tendrán derecho a las ayudas más básicas. Los estudiantes no universitarios podrán obtener la beca básica y la cuantía ligada a la excelencia académica. Por su parte, los estudiantes universitarios únicamente podrán obtener la beca de matrícula y la cuantía ligada a la excelencia académica.
Qué es el “extremo inferior” y el “extremo superior”
A diferencia de lo que puede parecer, estos intervalos no significan que el alumno cobre una cantidad proporcional a su renta. Estas "horquillas"" en los umbrales 1 y 3 sirven para repartir el gasto de la beca entre el Gobierno central y las Comunidades Autónomas:
- Financiación del Ministerio: El Ministerio de Educación se hace cargo del 100% del coste de la beca de aquellos estudiantes cuya renta familiar se sitúe en el extremo inferior del intervalo o por debajo de este.
- Cofinanciación al 50%: Si la renta de la familia se encuentra dentro del intervalo (entre el extremo inferior y el superior), el coste de la beca se financia al 50% entre el Ministerio y la Comunidad Autónoma correspondiente.
- Competencia autonómica: Para que un estudiante cuya renta está dentro de este intervalo pueda recibir la beca, es necesario que su Comunidad Autónoma haya asumido las competencias plenas en gestión de becas y que así lo haya previsto en su propia convocatoria.
Por tanto, para el estudiante, lo importante es que si está dentro de ese intervalo sigue teniendo derecho a la cuantía íntegra de la beca que le corresponda por su umbral, siempre que su comunidad autónoma participe en este sistema de cofinanciación.
Tabla de umbrales de renta por miembros de la unidad familiar
Los importes se refieren a la renta familiar computable del ejercicio fiscal 2025 (la declaración de la renta que se presenta en 2026). Todos los datos proceden del RD 179/2026 publicado en el BOE.
Familias de 1 miembro:
- Umbral 1: entre 8.843 y 9.315 euros
- Umbral 2: 13.898 euros
- Umbral 3: entre 14.818 y 15.567 euros
Familias de 2 miembros:
- Umbral 1: entre 13.264 y 13.971 euros
- Umbral 2: 23.724 euros
- Umbral 3: entre 25.293 y 26.573 euros
Familias de 3 miembros:
- Umbral 1: entre 17.685 y 18.629 euros
- Umbral 2: 32.201 euros
- Umbral 3: entre 34.332 y 36.070 euros
Familias de 4 miembros:
- Umbral 1: entre 22.107 y 23.286 euros
- Umbral 2: 38.242 euros
- Umbral 3: entre 40.773 y 42.836 euros
Familias de 5 miembros:
- Umbral 1: entre 25.644 y 27.012 euros
- Umbral 2: 42.743 euros
- Umbral 3: entre 45.572 y 47.878 euros
Familias de 6 miembros:
- Umbral 1: entre 29.181 y 30.738 euros
- Umbral 2: 46.142 euros
- Umbral 3: entre 49.196 y 51.685 euros
Familias de 7 miembros:
- Umbral 1: entre 32.718 y 34.463 euros
- Umbral 2: 49.503 euros
- Umbral 3: entre 52.780 y 55.451 euros
Familias de 8 miembros:
- Umbral 1: entre 36.255 y 38.190 euros
- Umbral 2: 52.850 euros
- Umbral 3: entre 56.348 y 59.199 euros
A partir del octavo miembro, se sumarán las siguientes cantidades por cada persona adicional:
- En el Umbral 1: se suman 3.536 euros al extremo inferior y 3.725 euros al extremo superior.
- En el Umbral 2: se suman 3.340 euros al límite.
- En el Umbral 3: se suman 3.561 euros al extremo inferior y 3.740 euros al extremo superior.
Cómo se calcula la renta familiar
La renta computable no es simplemente el salario bruto. El Ministerio cruza los datos con la Agencia Tributaria y tiene en cuenta:
- Rendimientos del trabajo de todos los miembros de la unidad familiar
- Rendimientos del capital (intereses, dividendos, ganancias patrimoniales)
- Rendimientos de actividades económicas (autónomos)
- Se aplican deducciones por discapacidad, familia numerosa y otras circunstancias
La unidad familiar, a efectos de la beca, incluye al solicitante, sus padres (o tutores legales) y los hermanos menores de 25 años que convivan en el domicilio. En caso de padres divorciados, se computa la renta del progenitor con el que conviva el solicitante y, en su caso, la del nuevo cónyuge o pareja.
Qué pasa si estoy cerca del límite
Si crees que superas el límite por poco, ten en cuenta que el cálculo no se basa únicamente en los ingresos brutos, sino que el Ministerio de Educación aplica deducciones que pueden reducir tu renta familiar computable. Algunas de las más comunes son:
- Discapacidad: Deducciones de 1.811 euros o 2.881 euros por el solicitante, o por cada hermano o hijo con discapacidad, dependiendo del grado (33% o 65%).
- Familias numerosas: Deducciones de 525 euros u 800 euros por hermano que conviva en el domicilio, según la categoría de familia numerosa.
- Familias monoparentales: Deducción de 500 euros. Orfandad absoluta: Si el solicitante es menor de 25 años y huérfano absoluto, se deduce un 20% de la renta familiar.
- Hermanos estudiando fuera: Deducción de 1.176 euros por cada hermano universitario (o el propio solicitante) que resida fuera del domicilio familiar por estudios, siempre que sean dos o más en esta situación.
Es fundamental no confundir las deducciones de renta con otras medidas de protección que recoge el Real Decreto 179/2026:
- Afectados por la DANA: Las ayudas y subvenciones recibidas por los afectados por la DANA (al igual que las del volcán de La Palma) no reducen tu renta, sino que están excluidas del cálculo de tu patrimonio. Es decir, ese dinero no computará como ganancia patrimonial ni te dejará fuera de la beca por superar los umbrales de capital.
- Víctimas de violencia de género o sexual: Esta condición tampoco reduce la renta computable. Lo que hace es eximir a la estudiante de cumplir los requisitos académicos. Es decir, no se les exigirá haber superado un mínimo de créditos o asignaturas en el curso anterior para percibir las cuantías de la beca.
Cambio en los umbrales de patrimonio para 2026-2027
Aunque los umbrales de renta se mantienen respecto al curso anterior, el RD 179/2026 eleva con carácter general los umbrales de patrimonio en torno al 10% respecto a la convocatoria anterior, según las tablas publicadas en el propio decreto. Esto significa que las familias con propiedades (inmuebles distintos a la vivienda habitual, cuentas bancarias por encima de cierto límite) tienen ahora más margen para acceder a la beca sin que el patrimonio les penalice.