El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha ha concedido la incapacidad permanente total a una trabajadora del sector de la limpieza debido a sus lesiones en la mano y a pesar de que el Instituto Nacional de la Seguridad Social recurrió para intentar retirársela. Así, la mujer tendrá derecho a percibir una pensión calculada sobre una base reguladora fijada en los 1.328,66 euros.
Tal y como explica la sentencia (que se puede consultar en este enlace), la mujer, tras caer enferma en mayo de 2022, agotó los 545 días de incapacidad temporal, siendo esta la duración máxima. Debido a esta situación, la Seguridad Social inició el proceso para reconocerle la incapacidad permanente, pero la misma fue denegada por “un grado suficiente de disminución de su capacidad laboral”.
La mujer trabajaba como limpiadora y padecía el Síndrome del Túnel Carpiano bilateral, de grado moderado y con posible atrapamiento del nervio en la mano derecha. A pesar de haber sido intervenida hasta en dos ocasiones (en 2022 y 2023), la misma seguía sufriendo secuelas como hiperalgesia en la zona, una “sensación de calambre constante” y, de forma muy limitante, la realización de la “pinza sin fuerza”.
Viendo que gestos tan simples como hacer la pinza en la mano para poder agarrar un palo le eran imposibles, decidió acudir a los tribunales y donde el Juzgado de lo Social número 1 de Cuenca y luego más tarde el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha le dieron la razón, reconociéndole la incapacidad permanente en grado total, es decir, la que inhabilita para su profesión habitual como limpiadora.
Su trabajo exige movimientos repetitivos y hacer presión con la mano
El INSS alegó que, tras la denegación de la incapacidad (cuando fue propuesta), la trabajadora se había reincorporado a su profesión y posteriormente había sufrido un “despido disciplinario”. El Equipo de Valoración de Incapacidades de la Seguridad Social había dictaminado previamente, tras una exploración, que “las secuelas que presenta no le impiden realizar las fundamentales tareas de su profesión habitual” y que su exploración resultaba “funcional”.
El TSJ explicó que el trabajo como limpiadora requiere de “movimientos repetitivos de flexión y extensión de muñeca, pronación-supinación de la mano, apoyos sobre el canal del carpo y presión o pinza con la mano, sobre todo con flexión mantenida”. Así, la realidad clínica de la trabajadora es que su falta de fuerza para realizar el movimiento de pinza y los calambres chocaban con las exigencias de su puesto.
Por todo, los magistrados del TSJ de Castilla-La Mancha terminan dándole la razón a la mujer y confirmando su pensión por incapacidad permanente total derivada de contingencias comunes, con efectos económicos retroactivos desde el 10 de noviembre de 2023 y con una base reguladora de 1.328,66 euros. El tribunal concluye de forma tajante que, debido al estado patológico de sus manos, la trabajadora se encuentra “claramente limitada funcional y orgánicamente para dichas funciones”.