Para acceder a una pensión de jubilación contributiva, la Seguridad Social pide tener un mínimo de 15 años cotizados, de los cuales al menos dos deben estar dentro de los últimos quince y estar dado de alta en la Seguridad Social. Con esos 15 años cotizados el futuro pensionista tiene derecho al 50% de la base reguladora, que aumentará progresivamente conforme más años tenga trabajados.
De esta forma, con 36 años y seis meses cotizados (37 años a partir de 2027) se tendrá derecho al 100% de la pensión a los 66 años y 10 meses (67 años en 2027). En el caso de querer jubilarse a los 65 años, será necesario tener un mínimo de 38 años y tres meses cotizados.
Ahora, para aquellos que decidan jubilarse antes de la edad ordinaria, la Seguridad Social aplica coeficientes reductores que pueden recortar la cuantía entre un 0,50% y un 30%, tal y como recogen los artículos 207 y 208 de la Ley General de la Seguridad Social (se puede comprobar en este enlace).
Sin embargo, hay muchas personas que no han llegado a cotizar lo suficiente (aunque se pueda cotizar en situación de desempleo, como cobrando el paro o el subsidio para mayores de 52 años) o bien porque no han estado dadas de alta en la Seguridad Social durante largos periodos de su vida laboral a pesar de haber estado trabajando, incluso desde muy jóvenes. Pero esos “años en blanco” no cuentan para la Seguridad Social a la hora de determinar la cuantía (hay excepciones como las lagunas de cotización).
El caso de Antonia
Una situación similar es la que le ha tocado vivir a Antonia Velázquez, una mujer que se vio obligada a jubilarse a los 65 años teniendo tan solo 28 años cotizados, y eso que empezó a trabajar desde los 14 años. En una entrevista en el programa “Y Ahora Sonsoles” de Antena 3, la jubilada explica que a lo largo de su vida laboral estuvo mucho tiempo sin estar de alta en la Seguridad Social a pesar de haber estado trabajando, lo que provocó que a la hora de pedir la jubilación esas cotizaciones no contasen. Es más, afirma que, pese a estar siempre trabajando, sus primeras vacaciones fueron a los 43 años.
“He trabajado en un bar, en una peluquería, en residencias de ancianos, en casas…”, trabajos en los que en su mayoría no estuvo dada de alta, lo que provocó que de cara a la Seguridad Social no contaran para su futura pensión de jubilación. Esto hizo que, aunque tuviera derecho a cobrar la pensión, esta no fuera la cantidad que realmente le correspondería, quedándole una nómina de apenas 800 euros. “Me dijeron que me tenía que jubilar con 65 años y 7 meses, aunque quería seguir trabajando”, relata.
Aunque la Seguridad Social permite rellenar esos huecos vacíos sin cotizar a través de mecanismos (como hemos dicho, las lagunas de cotización), estas solo sirven para aplicar el método de cálculo de la base reguladora, por lo que no suman años de cotización y, por ende, un mayor porcentaje a cobrar de esa base.